- También informaron que el comercio podrá abrir a excepción de malls, centros comerciales y strip center.
En el marco del proceso de elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejos regionales de este domingo 19 de noviembre, el seremi del Trabajo y Previsión Social, Pablo Rojas, junto al director regional del Trabajo, Rubén Gajardo, llamaron a los empleadores a otorgar permiso a los trabajadores que debe laborar ese día y desean sufragar, como también a quienes fueron designados vocales de mesa Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral.
El seremi explicó que los trabajadores cuentan con un permiso de dos horas para ir a sufragar las cuales no podrán ser descontadas de sus remuneraciones. “Este es un derecho distinto de la hora de colación. Por eso, es importante que tanto el empleador como el trabajador lleguen a un acuerdo, que exista flexibilidad para garantizar este derecho y que a la vez no afecte el desarrollo normal de las funciones de la empresa”, enfatizó.
El director regional del Trabajo, sostuvo que las multas por no permitir este permiso son de 9 UTM ($420.228) si la empresa cuenta entre 1 y 49 trabajadores; 30 UTM ($1.400.760) entre 50 y 199 trabajadores y 40 UTM ($1.867.680) entre 200 y más empleados.
“Es importante que nuestros trabajadores puedan ejercer su derecho a votar, a que se sumen y hagan valer su opinión. Por eso, es fundamental que los empleadores puedan cumplir con las normas establecidas por la ley y faciliten los permisos para sufragar”, destacó el seremi del Trabajo, Pablo Rojas.
COMERCIO
Las autoridades del Trabajo, llegaron hasta el strip center “Paseo Matta” de Antofagasta para difundir los derechos de los trabajadores, oportunidad donde informaron que el comercio puede abrir durante la jornada eleccionaria excepto malls, centros comerciales y strip center que son administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.
Para el comercio exceptuado de abrir, el descanso se inicia a más tardar a las 21:00 horas del sábado 18 de noviembre y termina a las 06:00 horas del lunes 20, salvo los dependientes que estén afectos a turnos rotativos de trabajo. En ese caso, pueden trabajar entre las 21:00 y las 24:00 horas del sábado o entre las 00:00 y las 06:00 horas del lunes 20 de noviembre.
Las multas que se aplicarán en caso de no otorgar este descanso serán de 10 UTM ($466.920); 40 UTM ($1.867.680) y 60 UTM ($2.801.520) según el número de trabajadores de la empresa.
El director regional del Trabajo, Rubén Gajardo, informó que habrá un equipo de turno a cargo de las fiscalizaciones y también estará habilitado un banner en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl para que los trabajadores puedan hacer denuncias en caso que sus derechos sean vulnerados.