Autoridades informaron feriado obligatorio e irrenunciable por día del Censo

Una amplia difusión a trabajadores, empleadores y la comunidad en general  sobre el feriado legal, obligatorio e irrenunciable que regirá este miércoles 19 de abril, día del Censo Abreviado 2017, realizaron autoridades del Trabajo, Economía y Gobierno quienes llegaron hasta el centro de la ciudad de Antofagasta entregando folletos informativos al respecto.

El seremi del Trabajo y Previsión Social, Pablo Rojas, hizo un llamado a los empleadores a respetar esta disposición legal que rige desde las 00:00 horas hasta las 20:00 horas del día en que se realice el censo, donde quedan prohibidas las actividades, espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos, funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y eventos similares a los indicados.

Para efectos laborales, el director regional del Trabajo, Rubén Gajardo, informó que el día en que se realice el censo el feriado obligatorio e irrenunciable es más amplio y estricto, ya que se extiende para los dependientes de los malls, centros comerciales, grandes tiendas, discotecas, pubs, cabarets, casinos de juego u otros lugares de juego autorizado, bares, clubes, restaurantes, supermercados, rotiserías, panaderías y, en general, para todo dependiente que preste servicios en el comercio de bienes y productos alimenticios, cualquiera sea el tamaño de la empresa donde desempeñen sus funciones.

Esta ley también es aplicable a los trabajadores que laboren en tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles, como los minimarket.

Gajardo explicó que se exceptúan de la prohibición señalada los establecimientos que expendan combustibles, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir con turnos fijados por la autoridad sanitaria, así como cualquier servicio que el Instituto Nacional de Estadísticas haya contratado con ocasión del censo o que sea necesario para su realización.

Las autoridades del Trabajo, explicaron que en caso que no se respete esta normativa los trabajadores pueden denunciar en forma anónima, para lo cual estará habilitado un banner en el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl La aplicación estará disponible el día 19 de abril de 2017 desde  las 00:00 a las 14:00 horas.

Para tal efecto, se dispondrá de equipos de fiscalización que acudirán a los lugares en que los trabajadores se encuentren prestando servicios; constatada la infracción se aplicarán las sanciones correspondientes, en cuanto a la suspensión de labores y la aplicación de multas por la infracción constatada.

Cabe destacar, que quienes no respeten el feriado obligatorio e irrenunciable la infracción es catalogada como gravísima y el monto de la sanción será desde 10 a 60 UTM (de $463.680 a $2.782.080) según el tamaño de la empresa.

Por su parte, la seremi de Economía, Gabriela Gómez, recalcó la importancia de participar del Censo abriendo las puertas del hogar a los censistas y respondiendo el cuestionario que no tarda más de 20 minutos, ya que es muy relevante tener una radiografía de Chile y las necesidades de sus habitantes.