Autoridades promueven un 18 seguro

El Intendente de la Región de Antofagasta, Valentín Volta, junto a los seremis del Trabajo; Pablo Rojas y de Salud; Lila Vergara, la directora regional del Instituto de Seguridad laboral (ISL); Ruth Rodríguez y el director regional del Trabajo; Rubén Gajardo, visitaron las ramadas y fondas de Antofagasta para fiscalizar y promover un 18 seguro.

En la oportunidad, las autoridades hicieron entrega de afiches y una completa guía informativa en materia de higiene y seguridad a los fonderos, además, de hacer entrega de señaléticas a los recintos. “Como Gobierno queremos que todos puedan celebrar estas Fiestas Patrias de las formas más seguras. Hemos estado fiscalizando, pero también ejerciendo una labor educativa y preventiva para no tener que lamentar ningún accidente”, destacó el seremi del Trabajo.

Por su parte, la directora regional del ISL, Ruth Rodríguez, explicó que esta iniciativa se enmarca en la campaña “18 seguro” y que se inició con la capacitación de fonderos y sus trabajadores en el ámbito de la prevención de accidentes. Esto con el objetivo que en conjunto puedan implementar un plan de emergencia ante sismo, incendios y otros siniestros.

Agregó que esta campaña, contempló cursos en las temáticas de “Uso y manejo de extintores”, “Manipulación de alimentos” y “Plan de evacuación” impartidos por prevencionistas de riesgos del ISL.

En la oportunidad, las autoridades aclararon que los accidentes del trabajo se entienden como toda lesión que sufra un trabajador a causa o con ocasión del trabajo. En tanto, los accidentes de trayecto son aquellos que ocurren en el camino o viaje directo de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo.

El seremi del Trabajo, Pablo Rojas, también recordó que aquellos trabajadores de fondas, ramadas o cocinerías que están contratados, tienen derecho a atención médica gratuita ante un accidente del trabajo.

Beneficio del Seguro de Accidentes (Ley N° 16.744) a Fonderos:

Los beneficios del seguro se aplican en forma inmediata y automática al trabajador apenas se configura la relación laboral, desde el primer día de trabajo, aun cuando el contrato no se haya escriturado aún, e incluso aun cuando el empleador no haya pagado las cotizaciones para efectos del seguro. Art. 4° y 56 de la Ley.