Detectan trabajo infantil en el comercio de Antofagasta

Tras una intensa fiscalización en el marco del plan operativo del Comité contra el Trabajo Infantil y Protección del Adolescente Trabajador que lidera la seremi del Trabajo de forma conjunta con diversas entidades gubernamentales, se detectaron cuatro casos de trabajo infantil en el área del comercio.

Se trata de menores de edad prestando servicio de empaques en un establecimiento comercial de Antofagasta ubicado en calle Prat, quienes fueron sorprendidos laborando bajo ningún requisito establecido por la normativa la cual define las condiciones que un menor entre 15 y 18 años podría realizar labores remuneradas.

Los menores no contaban con contrato de trabajo, ni autorización de los padres o tutores y tampoco se les respetaba el máximo de 8 horas de trabajo que establece la ley, además no percibían remuneraciones sólo propinas de los clientes del lugar.

El seremi del Trabajo y Previsión Social, Pablo Rojas, y Gobernador (s) participó del proceso de fiscalización y lamentó profundamente la precaria situación de los menores e hizo un fuerte llamado a no vulnerar los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

“Esta fiscalización también se realizó en conjunto con el Programa Centro Seguro de la Gobernación de Antofagasta y con el apoyo de la Oficina de Protección de Derechos de la Infancia y Adolescencia, Carabineros y Policía de Investigaciones (PDI) inmediatamente se activaron los protocolos de trabajo infantil y se retiró a los menores de las labores que estaban desarrollando. Como Gobierno tenemos un compromiso de erradicar el trabajo infantil y sus peores formas al 2025”, puntualizó el seremi.

Durante el proceso inspectivo la Dirección Regional del Trabajo suspendió un local comercial de venta de productos asiáticos ubicado en calle Sucre debido a las deficientes condiciones de ventilación, además de detectar diversas irregularidades como excesos de jornada laboral en otros establecimientos sometidos a la fiscalización. Esto se suma al intenso plan fiscalizador al sector comercio que viene desarrollando hace unas semanas la Dirección Regional del Trabajo y que ha liderado el director Rubén Gajardo Morales.

Feriados Irrenunciables para el comercio

Durante el proceso de fiscalizaciones, las autoridades del Trabajo también hicieron un llamado a los empleadores a respetar los feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio este 25 de diciembre y 01 de enero.

En el caso del feriado previo de Navidad, el descanso comienza a partir de las 20:00 horas del 24 de diciembre y termina a las 06:00 horas del día 26. “Esto quiere decir que ningún trabajador debe encontrarse al interior del recinto en ese horario, por eso el llamado es a realizar las últimas compras con la debida antelación y así los trabajadores puedan disfrutar de la compañía de su familia en esta fecha tan especial”.

El director regional del Trabajo, Rubén Gajardo, informó que se exceptúan de esta normativa quienes se desempeñan en restaurantes, locales de entretención (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, casinos de juego y otros lugares de juego autorizados, cabarets), locales comerciales en aeródromos civiles públicos y aeropuertos.

También quienes laboran en expendio de combustibles, farmacias de urgencia y las que cumplan turnos fijados por la autoridad sanitaria. Además, los que estén en tiendas de conveniencia adosadas a servicentros, siempre que vendan alimentos preparados en el lugar.

En este sentido, recordó que la Dirección del Trabajo fiscalizará el cumplimiento del nuevo régimen de alternancia de trabajo y descanso para los trabajadores del comercio exceptuados del beneficio general, es decir aquellos que laboraron los días 25 diciembre 2016 y 1 de enero 2017, este año deberán descansar estos días.

Las multas en caso de infracciones a las normas sobre feriado irrenunciable y alternancia del descanso, serán sancionadas con un mínimo de $233.465 y un máximo de $933.860 (5 a 20 UTM por trabajador afectado, según la cantidad de trabajadores que tenga la empresa)

Los trabajadores sorprendidos en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo. Eso sí, los locales comerciales atendidos por sus propios dueños pueden abrir.