El Seremi del Trabajo y Previsión Social, Pablo Rojas Martínez, se reunió con 15 dirigentes del sector retail para informar la indicación del Gobierno al proyecto del multirut.
La autoridad regional, explicó que esta indicación sustitutiva al proyecto, se enmarca en el cumplimiento de la medida N° 18, comprometida en los 100 primeros días de Gobierno de la Presidenta, Michelle Bachelet. “El objetivo es restituir derechos individuales y colectivos que hoy son afectados por la existencia de rut diferenciados de un mismo empleador”, dijo.
El seremi del Trabajo, recalcó que “este es un gran paso que estamos dando como Gobierno. Queremos acabar con el uso abusivo del multirut, que está afectando el ejercicio de los derechos laborales y previsionales, individuales y colectivos de los trabajadores y las trabajadoras chilenas. Con ello, también, buscamos perfeccionar y potenciar la negociación colectiva y, de esta forma, la capacidad de los trabajadores para negociar mejores condiciones laborales y mejores salarios”.
En el encuentro participaron dirigentes de tiendas Falabella, Ripley, Hites, Jhonson y de los supermercados Lider, Jumbo y Tottus de Antofagasta.
Cambios que introducen las indicaciones al proyecto de ley
-Se establece que las obligaciones que derivan de los derechos laborales y previsionales, individuales y colectivos de los trabajadores, recaen sobre la figura del Empleador y no sobre la figura de la empresa, como era hasta ahora. (nuevo Art.3 inc.4 CT)
-Las empresas que sean consideradas como un mismo empleador, serán solidariamente responsables del cumplimiento de las obligaciones laborales emanadas de la ley, los contratos y convenios. Por lo tanto, el empleador real no podrá evadir sus responsabilidades, ya que todas sus empresas quedarán obligadas. (nuevo Art.3 inc.6 CT)
– Los trabajadores de todas las empresas consideradas como un solo empleador podrán constituir uno o más sindicatos o mantener sus organizaciones existentes, pudiendo negociar con todas las empresas o con cada una de ellas. El derecho de opción para negociar recaerá en los trabajadores y sus sindicatos. (nuevo Art.3 inc.8 CT)
-Se establecerá que son los Tribunales de Justicia los llamados a dirimir controversias sobre la identidad del empleador real en los casos en que se requiera. El Juez tendrá la libertad necesaria para obtener todos los elementos de juicio que permitan su determinación y contará con un informe de la Dirección del Trabajo, junto con la facultad de solicitar los informes que estime necesario. (nuevo Art.3 inc.7 CT)
-El Juez determinará las obligaciones laborales y previsionales a las que el empleador debe dar cumplimiento. Si no lo hiciera se expondrá a multas de hasta 100 UTM ($ 4.100.000.-) la que podrá repetirse hasta obtener dicho cumplimiento. (nuevo Art.507 inc.3 Nº2 CT)
-Se determinará por el Tribunal si el empleador real utilizó ilegítimamente la figura del MultiRUT, coartando los derechos laborales y previsionales de sus trabajadores y sindicatos, aplicándose las multas correspondientes. Las que podrían triplicarse en el caso de grandes empresas. (nuevo Art.506 inc.3 Nº3 CT)
-Cuando se establezca que 2 o más empresas son consideradas como un solo empleador, los efectos de esta declaración se aplicarán a todos los trabajadores de las empresas, tanto para efectos laborales como previsionales. (nuevo Art.506 inc.4 CT)