Trabajadores del sector comercio no podrán trabajar más allá de las 20 horas

Este 24 de diciembre los trabajadores del sector comercio no podrán trabajar más allá de las 20 horas según lo establece la ley 20.215, que regula la jornada laboral en tiempos de Navidad.
En este sentido, el Secretario Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social, Pablo García Gajardo, llama a las empresas a realizar el horario de cierre con la debida antelación, puesto que “nadie después de las 20 horas debe estar trabajando. El sentido de la ley es privilegiar la vida familiar, de manera que puedan compartir esta fecha en tranquilidad junto a sus seres queridos”.
La autoridad regional también instó a la comunidad a efectuar sus compras en forma oportuna y no a último minuto, de manera de apoyar al cumplimiento de la ley.
Agregó que las empresas que no cumplan con esta disposición legal se arriesgan a ser sancionadas con multas que oscilan entre las 5 y 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Para evitar este tipo de sanciones, informó que se realizó previamente una fiscalización preventiva, pero del 20 al 24 de diciembre se está aplicando una etapa sancionatoria.
García recordó que la Ley señala como feriados obligatorios e irrenunciables el 25 de diciembre y el 01 de enero, por lo que hizo un llamado a respetar el derecho de los trabajadores y trabajadoras del sector comercio.

Exentos de la normativa
El seremi del Trabajo y Previsión Social, enfatizó que esta normativa no se aplica a clubes, restaurantes y los establecimientos de entretenimiento como cine, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets y casino de juego.
Señaló también que la norma excluye a los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria