Seremi del Trabajo destaca proyecto de ley que modifica el derecho a salas cuna

Con un punto de prensa en la céntrica librería Temuco Fiesta, Patricio Sáenz, acompañado de la directora regional del Sename, dio a conocer los beneficios que traerá la aprobación de la iniciativa.

Con una cordial visita a una librería del centro de Temuco, lugar donde trabajan 15 mujeres, el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Patricio Sáenz, destacó los buenos alcances que traería la aprobación del  proyecto de ley que modifica el derecho a salas cuna.

“Este nuevo proyecto de ley, viene a traer nuevas oportunidades para miles de mujeres que hoy se encuentran con toda la motivación para ingresar al mundo laboral y que antiguamente, por motivos de no poder tener donde dejar a sus hijos, les fue muy difícil el poder obtener un empleo”, afirmó el seremi Patricio Sáenz.

Según lo explicó la autoridad del Trabajo, la iniciativa tiene como objetivo aumentar la fuerza laboral femenina y equilibrar la igualdad de género en el mercado laboral. Además, indicó que en la región aproximadamente más de 65 mil mujeres del sector privado y 15 mil del sector personal de servicio (trabajadoras de casa particular), se verían beneficiadas con esta nueva medida.

El proyecto de ley busca el modificar el actual artículo 203 del Código del Trabajo, el cual menciona que cada empresa con 20 trabajadoras o más debe de proveer sala cuna a sus trabajadoras, no así en el caso de las empresas que cuenten con menos de la dotación antes mencionada.

Dentro de las principales medicaciones, el proyecto contempla un seguro social de Salas Cunas (hasta 2 años de edad) y de Educación Parvularia de Nivel Medio Menor (hasta 3 años de edad) mediante la creación de un fondo que es administrado por una sociedad. Este se forma con la cotización pagada por los empleadores mensualmente (1% de remuneración bruta imponible), respecto de cada trabajador contratado en virtud de un contrato regido por el Código del Trabajo. Además  tener el derecho a las prestaciones de Salas Cunas y de Educación Parvularia de Nivel Medio Menor todas las trabajadoras dependientes que tengan hijos menores de tres años de edad o a quienes se les haya confiado el cuidado personal del niño menor de tres años.

Por otro lado, para acceder al beneficio, se requerirá cumplir con los siguientes requerimientos: Registrar 12 o más cotizaciones de salud, de pensiones y del Seguro, continuas en virtud de un contrato de trabajo en los 12 meses calendario inmediatamente anteriores al mes en que se solicita hacer uso de la Sala Cuna, si una vez terminado el permiso postnatal, la trabajadora se incorpora a sus labores, por la mitad de su jornada, en conformidad a los establecido en el inciso segundo del artículo 197 bis del Código del Trabajo.

Registrar 15 o más cotizaciones de salud, de pensiones y del Seguro, continuas en virtud de un contrato de trabajo o del subsidio del artículo 3° de la ley N° 20.545 en los 15 meses calendario inmediatamente anteriores al mes en que se solicita hacer uso de la Sala Cuna, una vez terminado el permiso postnatal parental, establecido en el inciso primero del artículo 197 bis del Código del Trabajo.

Acreditar ante su empleador que registran 8 o más cotizaciones de salud, de pensiones y del Seguro, continuas o discontinuas en virtud de un contrato de trabajo, dentro de los veinticuatro meses calendario inmediatamente anteriores a la solicitud de cobertura del seguro, si se trata de trabajadoras agrícolas de temporada (temporeras).