Cámara de Diputados aprueba proyecto de salario mínimo y pasa al Senado

• La iniciativa, que contó con 120 votos a favor, 24 en contra y 3 abstenciones, fue despachada a su segundo trámite constitucional.

“Una vez más vemos que cuando la política se pone de acuerdo por el bien del país, se pueden llegar a consensos. Valoramos el acuerdo transversal, el apoyo obtenido por parte de las distintas bancadas, y por supuesto, el trabajo realizado por la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, en conjunto con su par de Hacienda, quienes lograron los acuerdos necesarios que van en la línea de cuidar el empleo y las MiPymes”, señaló la seremi del Trabajo y previsión Social, Jennifer Lazo Vergara.

Asimismo, la seremi agregó que “tras la aprobación del salario mínimo en la Cámara de Diputadas y Diputados, estamos dando cumplimiento a un compromiso que está en el programa de Gobierno del Presidente Gabriel Boric. Las familias chilenas van a pasar de un salario mínimo de $410.000 a $500.000, con apoyo a la pequeña y mediana empresa, con gradualidad en su implementación, y con la convicción de que es necesario para mejorar la vida de las personas de nuestro país, la vida de las familias y la vida de los niños y de las niñas. Como Ministerio del Trabajo y Previsión Social, velaremos por todas y todos los trabajadores de nuestro país. Todas las reformas que estamos incentivando poseen dialogo, escucha y sobre todo, acuerdos, y es así como pretendemos seguir avanzando por un Trabajo Decente”.

Por su parte, el seremi de Gobierno, Nicolás González, declaró que “Estamos cumpliendo con una promesa importante del programa de Gobierno del Presidente Gabriel Boric, que muchos dijeron que no iba a ser posible, pero gracias al diálogo y la voluntad lo estamos materializando a través de un significativo proyecto para las chilenas y chilenos; logramos aprobar el aumento del salario mínimo con los votos de los parlamentarios de las distintas bancadas, un apoyo transversal que tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de todos los habitantes del país. Agradecemos la disposición de los parlamentarios del oficialismo y oposición que han puesto por delante las necesidades de las personas y dar respuesta por medio de soluciones concretas, avanzando hacia un mejor futuro para nuestro país”.

Como medida principal, el proyecto establece el alza del salario mínimo hasta alcanzar los $500.000 durante el próximo año, a través de la siguiente gradualidad: un incremento desde los actuales $410.000 a $440.000 el 1 de mayo de 2023; luego, a $460.000 el 1 de septiembre de 2023; y, posteriormente, a $500.000 el 1 de julio de 2024.

Junto a ello, en el caso que el IPC acumulado durante 2023 supere el 6%, se realizará un alza previa de $10.000 el 1 de enero de 2024, quedando el salario mínimo en $470.000 en dicha fecha, para luego continuar con la gradualidad anteriormente mencionada.

Posterior a esa fecha, se acordó efectuar a todo evento un reajuste automático del ingreso mínimo mensual conforme el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que se registre entre los meses de julio-diciembre de 2024 y que se concretará en enero del 2025.

De este modo, y de aprobarse el proyecto, se cumpliría en torno a dos años uno de los compromisos del programa de Gobierno del Presidente Gabriel Boric: llegar a un salario mínimo mensual de $500.000 durante su mandato presidencial.

Además, el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo, en acuerdo con la CUT, también contempla reajustar los tramos de la Asignación Familiar a partir de mayo 2023, lo que aumentará la cobertura y los beneficios de los actuales afiliados, fijándose los siguientes tramos:
– Primer tramo para beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda los $515.879.
– Segundo tramo para beneficiarios que su ingreso mensual supere los $515.879 y no exceda $753.496.
– Tercer tramo para beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $753.496 y no exceda $1.175.196.

En tanto, respecto de los beneficiarios cuyo ingreso sea superior a $1.175.196, no tendrán derecho a asignación.

En torno al Subsidio Mensual para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado que rige hasta el 31 de diciembre de 2023, según consta en la ley 21.218, se propone en el proyecto ajustar los parámetros para beneficiar a las y los trabajadores con ingresos mensuales de hasta $500.000, extendiendo así su vigencia desde el 31 de diciembre de 2023 al 30 de junio de 2024. Esto, pues al 1 de julio del mismo año, el ingreso mínimo mensual ya alcanzará dicho monto.

Apoyo a las MiPymes
En concreto, se propone un subsidio que consiste en un esquema estable de montos para cada uno de los periodos de alza del salario mínimo, el cual varía según tamaño de empresa (micro, pequeña y mediana), a fin de entregar mayor cobertura y protección a las microempresas.

Además, se contempla la aplicación de un mecanismo de protección que elevará los montos de este instrumento en cualquiera de los dos escenarios que se describen a continuación:
a) Cuando el nivel del empleo formal, entendido como la tasa de asalariados con cotización previsional pagadas por el empleador, que informará el Instituto Nacional de Estadísticas, sea inferior a 34,5%.
b) Cuando exista una recesión técnica, esto es, cuando el nivel de crecimiento de la actividad económica del país, entendida como el PIB real trimestral desestacionalizado que informará el Banco Central de Chile, sufra una variación negativa por dos trimestres consecutivos.

El subsidio se entregará automáticamente a las empresas que fueron beneficiarias de subsidio 2022 -2023 (ley Nº21.456). Para el caso de las empresas que actualmente no son beneficiarias y quieran solicitar el subsidio 2023-2025, lo podrán hacer en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) con una única solicitud para recibir el subsidio mes a mes. El único elemento diferenciador respecto de este grupo de empresas y aquellas beneficiarias del subsidio anterior, es que durante el periodo de alza (entre mayo y agosto de 2023) el monto por trabajador o trabajadora será $10 mil inferiores que las actuales beneficiarias.

Medidas complementarias de apoyo a las PYME

Por otra parte, se ingresaron indicaciones al proyecto de ley que extienden hasta diciembre de 2023 la tasa del impuesto de Primera Categoría en un 10% para aquellas empresas acogidas al Régimen ProPyme general.

Al mismo tiempo, se propone una modificación legal para extender hasta el 31 de marzo de 2024 el beneficio de alivio deuda tributaria, cuya duración estaba inicialmente contemplada hasta el 30 de abril del presente año.

Además, se propone garantizar la participación de un miembro del Consejo Consultivo de Empresas del Menor Tamaño en el Consejo Superior Laboral (CSL), mediante la modificación a la Ley N°20.940, de manera que este representante deje de ser electo por los empleadores de mayor representatividad del país, manteniendo la proporcionalidad existente en la participación del (CSL).

Por otro lado, el Ejecutivo ingresó una indicación para desvincular el no pago del préstamo solidario con la renovación del permiso de circulación durante este año.