Llaman a empleadores a respetar horarios con motivo de las fiestas de fin de año

De acuerdo a la normativa legal, el comercio debe cerrar a más tardar a las 20 horas del 24 y 31 de diciembre, respectivamente.

El Seremi (S) del Trabajo y Previsión Social, Eugenio Canales, realizó un llamado a los empleadores para que respeten los horarios establecidos con motivo de las festividades y de esta forma, evitar multas que oscilan entre las 5 y 20 UTM.

“Queremos que los trabajadores de nuestra región puedan disfrutar merecidamente de estas fiestas junto a sus familias, es por eso que hacemos un llamado a los empleadores para que respeten las normas y de esta forma no se vean involucrados en situaciones que se podrían traducir en sanciones”, indicó.

En la misma línea, puntualizó que “debemos destacar que en años anteriores, los empleadores de la región han dado cumplimiento íntegro a la normativa por lo que no deberíamos recibir notificaciones sobre infracciones relativas a este tema durante esos días”.

No obstante, enfatizó que “pese a esto, seguiremos con nuestra acción fiscalizadora a través de la Dirección del Trabajo y de esta forma, velar porque nuestros trabajadores puedan celebrar de manera tranquila estas festividades”.

De acuerdo a la normativa vigente, bajo ninguna circunstancia, los empleadores de este sector podrán mantener a su personal en sus establecimientos después de las 20 horas durante los días 24 y 31 de diciembre, respectivamente.

Cabe mencionar que son considerados trabajadores del comercio, aquellos que ejercen el expendio o venta directa al público de mercancías o productos.

En tanto, quedan excluidos los trabajadores de clubes o restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como espectáculos en vivo, discotecas, pubs, casinos de juegos, legalmente autorizados, así como también, donde se realice expendio de combustible, farmacias de emergencia y aquellas que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

FERIADO IRRENUNCIABLE

Por otra parte, los días 25 de diciembre y 1 de enero son feriados irrenunciables, razón por la que el comercio deberá permanecer cerrado. En caso de que no se respeten, los empleadores serán multados con cifras que van desde las 5 ($203.860), 10 ($407.720) y 20 ($815.440) UTM por cada trabajador en infracción, dependiendo del número de trabajadores de la empresa.