SEREMI DEL TRABAJO Y PREVISÓN SOCIAL   JUNTO A DIRECTOR DEL TRABAJO INFORMAN A DEPENDIENTES DEL COMERCIO POR FERIADO IRRENUNCIABLE DEL 19 DE ABRIL

En un recorrido realizado en diferentes establecimientos comerciales  tanto en la ciudad de Coyhaique y Puerto Aysén,  la  Seremi del Trabajo y Previsión Social, Rossana Valderas y el Director regional del Trabajo, Luis Oyarzo Cerón, difundieron entre empleadores y dependientes la normativa que señala la obligatoriedad del feriado irrenunciable de este 19 de abril del 2017  por la realización del Censo Nacional 2017.

En este contexto, la Seremi del Trabajo, Rossana Valderas,  explicó que “durante esta jornada nacional, los trabajadores y trabajadoras deben permanecer en sus viviendas el día 19 para recibir a los censistas, “es muy importante que ustedes puedan estar en sus hogares, responder las preguntas que se les harán, ya que la información que se obtenga contribuirá a las futuras políticas públicas que irán en beneficio de todos los chilenos y chilenas”.

“Es importante destacar que a diferencia de otros feriados irrenunciables para trabajadores del comercio, en esta oportunidad no podrán abrir los negocios atendidos por sus propios dueños y, por ende,  no podrán funcionar las ferias libres”, agregó Valderas Almonacid 

A su vez, el director regional del Trabajo, Luis Oyarzo Cerón, indicó que “el día que se realice el censo será “feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del comercio y comienza desde las 21 horas del día 18 y se extiende hasta las 06:00 de la mañana del día 20. No pueden trabajar los dependientes de grandes tiendas, discotecas, pubs, cabarets, casinos de juegos, bares, clubes, restaurantes, supermercados, rotiserías, panaderías y, en general, para todo trabajador que preste servicios en el comercio de bienes y productos alimenticios, cualquiera sea el tamaño de la empresa donde desempeñen sus funciones”.

“En el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl estará habilitado un banner que permitirá a los trabajadores denunciar el incumplimiento de este feriado legal e irrenunciable. El banner estará disponible el mismo día 19 de abril desde las 00:00 horas y hasta las 14:00 horas, así los equipos regionales de fiscalización concurrirán al lugar en que los trabajadores se encuentren prestando servicios. Al constatar la infracción serán suspendidas las labores y se aplicarán las multas correspondientes” agregó Oyarzo Cerón

En estos casos, la multa será desde 10 a 60 UTM; es decir; de $463.680 a $2.782.080 según el tamaño de la empresa.

Finalmente, las autoridades señalaron que además de la fiscalización en terreno se recogerán denuncias a través de la página www.direcciondeltrabajo.cl