Los sindicatos de Anecap y Sintracap, acompañados de la Seremi del Trabajo y Previsión Social y la directora regional del Sernam, difundieron los alcances de la Ley 20.786 que impulsó la Presidenta Bachelet, que ya cumple un año desde su entrada en vigencia
Durante el año 2015 las Trabajadoras de Casa Particular tuvieron uno de sus mayores logros tras la promulgación de la ley N°20.786, normativa que regula sus funciones, descansos, horas máximas de trabajo, además de la obligación por parte de los empleadores de registrar los contratos en las Inspecciones del Trabajo, entre otros aspectos.
En este contexto la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Tarcila Piña Riquelme, junto a la directora regional del SERNAM, Marcela Carreño, se reunieron con el Sindicato de Trabajadoras de Casa Particular (SINTRACAP) y con la Asociación Nacional de Trabajadoras de Casa Particular (ANECAP) en la Feria de Abastos de La Serena, con el objetivo de sensibilizar a la población y entregar información respecto de la importancia de inscribir los contratos de trabajo, y sobre las multas que arriesgan los empleadores que no ejecuten dicha inscripción.
La titular regional del Trabajo y Previsión Social, Tarcila Piña, destacó los avances que han tenido las trabajadoras de casa particular, y expresó que “estamos muy contentos de haber cumplido como Gobierno con un compromiso que tenía la Presidenta Michelle Bachelet con las trabajadoras de casa particular en Chile, muchas de ellas realizaban jornadas de trabajo maratónicas que a veces llegaban a las 72 horas semanales. La verdad es que ellas habían sido bastante vulneradas en sus derechos de trabajadoras porque estaban absolutamente consideradas como trabajadoras de segunda clase y en ese sentido que esta normativa le restituya los derechos y las equipare completamente a cualquier trabajador o trabajadora chilena es un gran avance”, indicó Piña.
Respecto de la importancia de que los empleadores registren los contratos de trabajo en las Inspecciones del Trabajo, Tarcila Piña indicó que “eso es fundamental ya que nuestros fiscalizadores pueden realizar procedimientos y programas de fiscalización, y quienes no tengan registrado el contrato en las Inspecciones del Trabajo arriesgan multas”.
Quién también ha estado acompañando a las trabajadoras de casa particular en este proceso es la directora regional del SERNAM, Marcela Carreño, tras entregar volantes informativos en la Feria de Abastos señaló la importancia de “relevar algunos temas que tienen que ver con las autonomía económica de las mujeres y que está dispuesta en la Agenda de Género que ha impulsado la Presidenta Michelle Bachelet, en ese sentido también queremos destacar que el trabajo que hoy hacemos es promover y difundir los derechos que tienen las trabajadoras de casa particular. La puesta en marcha de esta ley viene a dignificar justamente el trabajo que ellas realizan y que muchas veces se invisibiliza”, dijo la autoridad.
LA VISIÓN DE LAS PROTAGONISTAS
La presidenta regional de ANECAP, María Avilés valoró los cambios que la nueva ley introdujo para estas trabajadoras, y señaló que “esto va muy bien porque los empleadores ya están tomando conciencia de lo que representamos dentro de una casa, que ya no somos asesoras sino que somos trabajadoras como cualquier otro trabajador de este país, entonces creo que hemos avanzado harto en este último período”.
Una visión similar tuvo Fresia Aracena, presidenta regional de SINTRACAP, eso sí, hizo un llamado a sus colegas a perder los temores y exigir el cumplimiento de sus derechos. “Falta todavía que la gente se decida porque aún hay temor de que las van a despedir, aún siguen trabajando los días sábado y domingos, entonces a veces ellas mismas están haciendo mal el trabajo”, indicó, añadiendo que los principales beneficios de la ley “son los horarios y que se especifica qué es lo que hay que en el contrato, una no tenía horario antes de la entrada en vigencia de la ley, por lo menos ahora los patrones preguntan”.
ASPECTOS CLAVES DE LA NUEVA NORMATIVA LABORAL
¿En qué consiste la ley?
Consta de cinco normas: Uno, la exigencia de elaborar un contrato de trabajo, indicando tipo de trabajo y domicilio donde se prestarán los servicios; dos, la necesidad de registrar en la Dirección del Trabajo (DT) todos los contratos posteriores al 1 de enero de 2015 y en el caso de los anteriores, cuando estos hayan experimentado cambios; tres, la prohibición de imputar al sueldo de la asesora el alojamiento y la habitación dentro de la remuneración; cuatro, la prohibición del uso obligatorio de uniforme en espacios públicos; y cinco, la prohibición de reducir la remuneración.
¿Qué pasa con el domingo?
El descanso del día domingo es irrenunciable, por ende, no está sujeto a cambios.
Descanso los sábados
Este no tiene el carácter de irrenunciable y, por ende, su tratamiento es más flexible. De hecho, si hay acuerdo entre la asesora y su empleador, este día libre podrá acumularse, fraccionarse o intercambiarse por otros días de la semana.
Duración de la jornada
Las trabajadoras de casa particular puertas afuera tendrán 45 horas semanales de trabajo, las que se podrán distribuir hasta en un máximo de seis días. Las partes podrán voluntariamente acordar hasta un máximo de 15 horas semanales adicionales, las que deberán ser remuneradas con un recargo no inferior al 50
Mínimo de descanso
Las trabajadoras puertas adentro deben tener un descanso de 12 horas diarias, con un mínimo de 9 horas ininterrumpidas.
¿Dónde se ingresan los contratos?
El registro del contrato de trabajo se puede realizar en línea en www.direcciondeltrabajo.cl o personalmente en las oficinas de la DT. El no cumplimiento de la ley trae asociada sanciones para los empleadores, cuyo contrato no esté registrado en la DT, y el rango de multas a aplicar fluctúa entre 1 y 10 UTM ($44.776 a $447.760)
Vacaciones
A 15 días hábiles al año de vacaciones remuneradas tienen derecho las asesoras del hogar, una vez cumplido un año de servicio, lo mismo que el resto de los trabajadores. Si lleva más de diez años trabajados, continuos o no, con uno o más empleadores, tiene derecho a un día adicional de vacaciones por cada tres nuevos años trabajados, es decir, se le aplican los días progresivos.
Fiscalización
El empleador que sea requerido en el domicilio por un inspector de la DT, en el marco de una fiscalización, podrá aceptar su ingreso o bien solicitar la fijación de otro día y hora para acudir a las dependencias de la DT con la documentación que le sea requerida. Los funcionarios de la DT portan una credencial y la identidad de ese funcionario es posible identificarla a través de su RUT en la página de la DT.