¿Qué es el bono invierno?
Es un beneficio en dinero de $51.975, que se entrega por una sola vez junto a la pensión de mayo, a los pensionados beneficiados.
Este beneficio ayudará a los pensionados vulnerables y de menores ingresos a enfrentar los mayores gastos que se producen en la época invernal.
Este año, y cumpliendo con la Medida 12-b del programa de gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, se restituirá el Bono de Invierno a los adultos mayores que habían dejado de recibirlo sin que su situación socioeconómica haya cambiado de manera importante. Así, cerca de 350 mil pensionados adicionales accederán al beneficio.
¿A quienes se pagará el bono invierno?
A los beneficiarios que tengan cumplidos 65 o más años al 1 de mayo de 2014, que reciban pensiones iguales o inferiores a $136.434 (sin considerar en ese monto el Aporte Previsional Solidario de Vejez en el caso de las personas que lo tengan) y que pertenezcan a uno de estos 3 grupos:
PRIMER GRUPO: pensionados del Instituto de Previsión Social (ex INP, es decir, ex Cajas de Previsión), incluidos los beneficiarios de Pensiones Básicas Solidarias de Vejez.
SEGUNDO GRUPO: pensionados de AFPs y Compañías de Seguro (DL 3.500) que reciban pensiones con Garantía Estatal por pensión mínima, o con Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
TERCER GRUPO: Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), de DIPRECA, CAPREDENA y de las mutualidades de empleadores, que cumplan con los requisitos anteriores de edad y monto de pensión.
¿Cómo y cuándo se pagará el bono invierno?
Los pensionados con derecho al bono que ya cobran habitualmente sus beneficios en el Instituto de Previsión Social (ex Cajas de Previsión, ISL y todos los beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Vejez) recibirán el beneficio junto a su pensión de mayo, en la fecha y modalidad de pago de siempre. Estas personas tienen fechas de pago distribuidas durante el mes.
En el caso de las personas con derecho al bono que NO tienen pagos habituales en el IPS (AFPs, Compañías de Seguro, DIPRECA, CAPREDENA y Mutualidades de Empleadores), serán las respectivas entidades pagadoras de la pensión las responsables de pagar este beneficio.
Ampliación del bono marzo 2014
Se restituye el Bono de Invierno a aquellos adultos mayores que lo habían perdido porque se les consideraba el Aporte Previsional Solidario como parte de su pensión.
Por ello, desde este año, NO se considera el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) como parte del monto tope bajo el cual los pensionados tienen derecho al bono.
Es decir, si una persona tiene una pensión base igual o inferior $136.434, y además tiene un Aporte Previsional Solidario de Vejez que mensualmente le hace aumentar el monto de esa pensión, SÍ tendrá derecho al Bono de Invierno, situación que hasta ahora no ocurría.
¿Cuántos pensionados serán beneficiados?
Este año, el Bono de Invierno llegará a más de 1 millón de pensionados, total en el que están incluidos los nuevos 350 mil beneficiarios.
¿Es necesario postular o consultar para obtener este beneficio?
Las personas con derecho a este bono lo recibirán automáticamente en su pensión, si cumplen con los requisitos indicados, por lo que no es necesario postular o consultar. De todas maneras, más detalles del beneficio estarán disponibles en www.ips.gob.cl, y en el Call Center 600 440 0040.
RESTITUCIÓN DE PENSIONES BÁSICAS SOLIDARIAS
¿En qué cosiste esta medida?
Estamos restituyendo la Pensión Básica Solidaria (PBS) a aquellas personas que la perdieron sin causa aparente. Así damos cumplimiento a la medida N° 15 de los compromisos de la Presidenta Bachelet para los 100 primeros días de Gobierno.
¿Qué tuvimos que hacer?
Desde el inicio de la Reforma Previsional de 2008, hasta ahora, el Estado estuvo centrado en revisar las condiciones exigibles para entregar este beneficio, lo que implicó sólo extinguir la Pensión Básica Solidaria en caso de dejar de cumplirse los requisitos.
Hoy, junto con mantener esta rigurosa revisión de los antecedentes para garantizar el buen uso de los recursos, y dar el beneficio a aquellos chilenos y chilenas que lo necesitan, iniciamos un proceso de revisión para restituir este derecho a las personas que actualmente cumplen con las condiciones exigidas. Así este gobierno adopta un rol activo en la revisión de requisitos, no tan solo para extinguir, sino también para restituir las PBS.
En esta revisión determinó que más de 2 mil personas se les debe restituir el derecho a recibir su PBS, todos ellos chilenos y chilenas que a la fecha cumplen con los requisitos para percibir este derecho que les fue extinguido durante los últimos años,
¿Qué tienen que hacer las personas?
Durante mayo, a los ex beneficiarios de esta pensión se les enviará una carta certificada donde se les notificará que en su condición actual pueden recuperar el derecho a solicitar y obtener nuevamente la PBS.
En esta carta se adjuntará un formulario que deben llenar con sus datos y entregar en la sucursal del IPS más cercana a su domicilio.
El IPS procesará la información y determinará finalmente desde cuándo podrán recibir nuevamente la PBS, siempre y cuando su situación no se haya modificado desde la emisión de la carta.
¿Qué es la pensión básica solidaria de vejez?
Es un beneficio actualmente de $82.058 mensuales, de cargo fiscal, al que pueden acceder todas aquellas personas mayores de 65 años de edad, que no tengan derecho a una pensión en un régimen previsional y tengan Ficha de Protección Social vigente, pertenezcan al 60% de las familias más vulnerables y cumplan con los demás requisitos que establece la ley.
¿Qué es la pensión básica solidaria de invalidez?
Es un beneficio actualmente $82.058 mensuales, de cargo fiscal, al que pueden acceder todas aquellas personas entre 18 y menos de 65 años de edad (hombres y mujeres), calificadas como inválidas por las Comisiones Médicas de Invalidez de la Superintendencia de Pensiones o el COMPIN (según corresponda), que no tengan derecho a una pensión en un régimen previsional y tengan Ficha de Protección Social vigente, pertenezcan al 60% de las familias más vulnerables y cumplan con los demás requisitos que establece la ley.