SEREMI PARTICIPA EN JORNADA DE SENSIBILIDAD DEL CONVENIO 169 DE LA OIT

El desconocimiento del convenio hace que las autoridades emprendan tareas para la difusión.

El Convenio N° 169 es un instrumento jurídico internacional vinculante que se encuentra abierto para su ratificación y que trata específicamente los derechos de los pueblos indígenas y tribales. Hasta la fecha ha sido ratificado por 20 países. Una vez que se ratifica el Convenio, el país que así lo hace cuenta con un año para alinear la legislación, políticas y programas antes de que el mismo devengue jurídicamente vinculante. Los países que ratificaron el Convenio están sujetos a supervisión en cuanto a la implementación. 

Implementación. Desde su adopción, el convenio ha ganado aún más reconocimiento, independiente del número de países que lo ratificaron. Sus disposiciones han influenciado numerosos documentos sobre políticas y decisiones legales a nivel regional e internacional, como así también políticas y legislaciones nacionales.

Los principios básicos del Convenio núm. 169 de la OIT son:

Identificación de los pueblos indígenas y tribales.

El Convenio no define quiénes son los pueblos indígenas y tribales, sino que adopta un enfoque práctico proporcionando solamente criterios para describir los pueblos que pretende proteger. Un criterio fundamental para la identificación de los pueblos indígenas y tribales es la auto identificación, además de los criterios que se indican a continuación:

Los elementos de los pueblos tribales incluyen: 

  • Estilos tradicionales de vida;
  • Cultura y modo de vida diferentes a los de los otros segmentos de la población nacional, p.ej. la forma de subsistencia, el idioma, las costumbres, etc.; y
  • Organización social y costumbres y leyes tradicionales propias. 
Los elementos de los pueblos indígenas incluyen: 

  • Estilos tradicionales de vida;
  • Cultura y modo de vida diferentes a los de los otros segmentos de la población nacional, p.ej. la forma de subsistencia, el idioma, las costumbres, etc.;
  • Organización social e instituciones políticas propias; y
  • Vivir en continuidad histórica en un área determinada, o antes de que otros “invadieron” o vinieron al área.