Juan Cristóbal Silva Gutiérrez SEREMI del Trabajo y Previsión Social, junto al Director Regional del Trabajo don Ricardo Jofre Muñoz, informaron a la comunidad que
Según dicta la Ley Nº 20.279, del 1 de julio de 2008, un trabajador de casa particular a tiempo completo a contar del día 1 de marzo del 2011, no puede ganar menos de $172.000 mensuales. Si el trabajador labora a jornada parcial (como es el caso de muchas asesoras del hogar que laboran en varias casas), hay que hacer los cálculos para que el monto que recibe sea proporcional a los días trabajados.
Quizás esté de más decir que la ley exige que estos trabajadores cuenten con contrato, que hay que hacerles cotizaciones previsionales (previsión y salud) y cotizar en su seguro de cesantía.
Según el Código del Trabajo, si el contrato no queda por escrito en un plazo de 15 días contados desde su incorporación, el empleador se expone a una multa que va de 1 a 5 UTM y, además, hará presumible legalmente que las estipulaciones son las señaladas por el trabajador.