Seremi Haro y Director (S) del Trabajo difunden en sector comercio normativa sobre feriado irrenunciable

Junto a los funcionarios de la Dirección Regional del Trabajo (DRT), el Seremi del ramo, Víctor Haro lideró la difusión de la normativa laboral que rige para los feriados irrenunciables del sector comercio. En la oportunidad Haro llamó a cumplir la ley para evitar multas. Fiscalizaciones se realizarán antes y durante el 1 de mayo.   

En compañía del Director Regional (S) del Trabajo, Francisco Parada, el Seremi del ramo, Víctor Haro, lideró la difusión sobre la normativa legal que rige para los feriados irrenunciables en el sector comercio.

El material informativo elaborado por la Dirección Nacional del Trabajo, fue repartido por las autoridades y funcionarios de la entidad laboral en el sector centro de Punta Arenas y en el supermercado Unimarc de calle Bories.

En la ocasión, el Seremi Haro llamó a respetar el feriado irrenunciable del 1 de mayo para evitar multas.

“Queremos que los trabajadores pasen un merecido 1 de mayo disfrutando junto a sus familias, por eso pido a los empleadores que respeten la ley y así eviten multas porque haremos una intensa fiscalización antes y durante el feriado. De todas formas confiamos en la el histórico cumplimiento que Magallanes ha hecho de la ley en este sentido”, puntualizó el Secretario del Trabajo.

Por su parte, el Director (S) del Trabajo, Francisco Parada, señaló que esta difusión responde al Programa Nacional de Fiscalización.

“En Magallanes, como Dirección del Trabajo, realizaremos un completo barrido inspectivo, de prevención e información al sector comercio. Queremos que todo empleador conozca bien la normativa al igual que los trabajadores, para que se les respeten sus derechos y  ellos a su vez, los exijan con conocimiento acabado del tema”.

Por su parte, el presidente del sindicato de Unimarc centro de Punta Arenas y del de Puerto Natales, Freddy Cárcamo, valoró la información recibida de parte del Seremi del Trabajo para compartirlas entre sus pares.

“Como dirigentes siempre hemos tenido la preocupación de que estas situaciones anómalas que ocurren en algunos lugares de la trabajo no ocurran en  la región y que la normativa vigente se cumpla. Me parece bien que se reciba esta información porque esto clarifica el tema (…)”, apuntó el trabajador y dirigente.

FISCALIZACIÓN Y MULTA

En esta ocasión las fiscalizaciones aleatorias y por denuncia contemplan dos aspectos: el feriado del 1º de mayo y el cierre de los locales en la víspera del festivo y su reapertura al día siguiente de terminado este.

En el primer caso, la vulneración al cierre es de 5 ($200.625), 10 ($401.250) y 20 UTM ($802.500) por cada trabajador sorprendido en infracción, dependiendo del número de trabajadores de la empresa. Además, los dependientes sorprendidos atendiendo indebidamente pasado mañana miércoles deberán suspender de inmediato sus labores y retirarse de los locales.

En el segundo caso, la vulneración al cierre obligatorio desde las 21 horas del martes 30 de abril o desde las 24 horas del mismo día (en el caso de trabajadores afectos a turnos), acarrea sanciones de 10 ($401.250), 40 ($1.605.000) y 60 UTM ($2.407.500) por infracción.

En la página institucional www.direcciondeltrabajo.gob.cl se habilitará entre el 29 de abril y el 1º de mayo una sección para el ingreso de denuncias u obtener información sobre las normas pertinentes.

QUIÉNES PUEDEN TRABAJAR

Este 1º de mayo pueden trabajar los dependientes del Comercio que laboren en clubes, restaurantes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, casinos, servicentros, farmacias de urgencia o que deben cumplir turnos fijados por la autoridad y los de las llamadas “tiendas de conveniencia” adosadas a las bencineras, siempre que vendan alimentos preparados en esos mismos locales y que sean consumidos allí mismo por los clientes.

El resto de los trabajadores del Comercio no debe laborar el 1º de mayo y quienes sean obligados indebidamente a hacerlo deben interponer la denuncia correspondiente en el sitio web ya descrito y marcar su asistencia como medio de prueba.

En el caso de los locales pequeños, pueden funcionar si son atendidos por sus propios dueños y familiares directos, como cónyuges, por ejemplo.