Seremi del Trabajo encabeza fiscalización contra el Trabajo Infantil en Iloca

Una multa y una citación fue el resultado de una fiscalización que encabezó el seremi del Trabajo y Previsión Social, Marcelo Conde, junto a funcionarios de la inspección del Trabajo, a establecimientos comerciales de Iloca.

La acción tenía como objetivo detectar la eventual presencia de trabajo infantil en hosterías y ferias artesanales.

Un hotel del balneario recibió una multa ascendente a 30 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), por no disponer de toda la documentación que exige la Ley para contratar a un menor de edad.
El adolescente de 17 años laboraba como junior en las dependencias, sin la autorización notarial de su representante legal, según constató una fiscalizadora de terreno de la Inspección del Trabajo de la Provincia de Curicó, durante el operativo sorpresa.

Asimismo, el local no contaba con el certificado de estudios del menor ni había ingresado su contrato a la Dirección del Trabajo. Cada falta implica una multa de 10 UTM, equivalentes a unos 450 mil pesos. “Yo lo contraté porque me dio pena, para que juntara plata para sus útiles escolares”, explicó la propietaria del hotel.

“El trabajo infantil es ilegal en Chile. Los empleadores pueden contratar a adolescentes entre 15 y 18 años, sólo bajo ciertos requisitos, en labores que no atenten contra su seguridad y su salud. Es misión de los empleadores informarse sobre el contenido de la normativa”, sostuvo el seremi.

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La dueña de una segunda hostería quedó citada a la Inspección del Trabajo por no llevar correctamente el libro de asistencias de sus trabajadores.

El seremi recorrió el litoral junto al director regional (s) del Instituto de Seguridad Laboral, Felipe Jara; y la subcomisario de la Brigada de Investigación de Delitos Sexuales contra menores, Carolina Guzmán.

“EL ISL está aquí para detectar riesgos dentro de los locales comerciales y entregar recomendaciones. Vimos algunos extinguidores de incendio en el suelo y zonas de seguridad no demarcadas. Los propietarios se comprometieron a corregir estos problemas a la brevedad”, señaló Jara.

El procedimiento formó parte de un esfuerzo permanente de la Dirección del Trabajo, por hacer cumplir la Ley Nº 20.189, vigente desde el año 2007, que regula la admisión al empleo de niños, niñas y adolescentes menores de 18 años.

La norma expresa que los adolescentes menores de 18 años y mayores de 15, pueden celebrar contratos de trabajo sólo para realizar labores ligeras que no perjudiquen su salud y desarrollo, siempre que cuenten con autorización expresa del padre o madre, o que en su ausencia dispongan del permiso de las personas o instituciones que tienen su tutela.