Seremi del Trabajo: “La Ley laboral se debe cumplir sin discriminar a las diversidades sexuales”

La Falange por las Diversidades Sexuales (Fadise) de Iquique demostró su preocupación por el aumento de los casos de discriminación en los puestos de trabajos a personas con orientación sexual distinta, frente a lo cual el seremi del Trabajo y Previsión Social, Marcos Gómez fue enfático en señalar que la “Ley laboral en Chile es clara y prohíbe cualquier tipo de discriminación”.

El presidente de Fadise, Pablo Imaña explicó que se acercaron a la seremi de Trabajo para entablar relaciones públicas en torno a la No Discriminación Laboral “actualmente no existe respaldo y las diversidades sexuales se sienten abandonados e incómodos. Es por ello que hoy vinimos a pedirle el respaldo al seremi, para que en los puestos laborales se termine con las políticas discriminadoras, porque esto no sólo provoca un daño a una persona discriminada, sino que también daña a la familia y su entorno”, dijo.

En la oportunidad, la directiva de Fadise presentó diversas denuncias realizadas por personas que se sienten afectados por maltrato sicológico y moral al interior de sus trabajos debido a su orientación sexual.

Imaña agregó que, “estamos satisfechos con la reunión porque tenemos el respaldo de la autoridad y vamos a investigar en profundidad los casos, ya que muchos no se atreven a denunciar, y lucharemos por erradicar la discriminación laboral en nuestra región”.

“En caso de transgredirse la norma, implica fuertes sanciones del punto de vista administrativo o judicial, ya que esto atenta directamente a la violación de los derechos fundamentales de los trabajadores. No puede ser que estando en un país con miras a ser desarrollado, todavía existan estas conductas discriminatorias por orientación sexual, ya que lo que se debe tomar en cuenta es la calificación del trabajador cuando desempeña las funciones para lo cual fue contratado”, afirmó Gómez.

La directiva de Fadise Chile también aprovechó la instancia para invitar a todas las personas que son discriminadas en sus trabajos por tema de diversidad sexual, a hacer las denuncias correspondientes a su organización al email: fadise@chile gmail.com.

LA LEY

Constitución de la República en su artículo 1º de la Norma Fundamental, en su inciso primero dispone: “Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”; y el artículo 19 NÚMERO 2° que señala: “La constitución asegura a todas las personas: La igualdad ante la ley”.

Además, en el mismo artículo 19 Nº 16, en su inciso tercero, dispone: “Se prohíbe cualquiera discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad personal, sin perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad chilena o límites de edad para determinados casos”.

Asimismo, el artículo 2º, del Código del Trabajo, específicamente en sus incisos segundo, tercero y cuarto que expresan que “Son contrarios a los principios de la leyes laborales los actos de discriminación. Los actos de discriminación son las distinciones, exclusiones o preferencias basadas en motivos de raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional u origen social, que tengan por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación. Y con todo, las distinciones, exclusiones o preferencias basadas en las calificaciones exigidas para un empleo determinado no serán consideradas discriminación”, respectivamente.