Comercio de la Región de Valparaíso cumplió en Navidad y no registró multas

Durante el fin de semana de Navidad, en la región de Valparaíso no hubo multas asociadas al comercio por no respetar el derecho de los trabajadores.

La seremi del Trabajo, Lavinia Ceballos, dijo que: ” Esta es una gran noticia, porque este resultado da a entender que los empleadores nos escucharon e hicieron caso de nuestros programas preventivos. La función de la Dirección del Trabajo, no es sólo fiscalizar y multar, sino también prevenir y que no existan empresas multadas nos pone muy contentos, porque se respetaron los derechos de los trabajadores”.

La Seremi agregó que: “Hay días especialmente importantes para la familia, y la Navidad es uno de ellos, los trabajadores tienen como derecho salir a un horario adecuado en la víspera y no trabajar el 25, pues es un feriado irrenunciable, lo mismo ocurrirá para Año Nuevo. Nuestro programa especial de fiscalizaciones continuará y esperamos que estos positivos resultados obtenidos para Navidad, se repitan para el Año Nuevo”.

En la Región de Valparaíso se realizarán más de 100 fiscalizaciones,  este programa especial de fiscalizaciones a cargo de la Dirección del Trabajo se prolongará hasta el 4 de enero, próximo.

En estos días, nuevamente, se intensificarán las fiscalizaciones al comercio, pues debe cerrar con antelación el próximo lunes, 31 de diciembre y el 1 de enero es feriado irrenunciable.

 

Materias fiscalizadas por la Dirección del Trabajo

 

Durante este período la DT fiscalizará las siguientes disposiciones:

a) Exceder la jornada de trabajo de 45 horas semanales (multas de 10-40-60 UTM).
b) Exceder el máximo de dos horas extras por día (multas de 10-40-60 UTM).
c) Extender la jornada ordinaria en más de dos horas diarias (multas de 5-10-20 UTM).
d) Extender la jornada ordinaria en un tiempo mayor a los 9 días dentro del período de 15 días antes del 25 de diciembre (multas de 5-10-20 UTM).
e) Extender la jornada ordinaria más allá de las 23 horas (multas de 5-10-20 UTM)
f) No otorgar descanso el 25 de diciembre (multas de 5-10-20 UTM).

g) No otorgar descanso el 1 de enero (multas de 5-10-20 UTM).