Seremi del Trabajo realiza campaña informativa por feriado irrenunciable del Día del Trabajador

El 1 de mayo de 2017 se cursaron multas a 3 empresas de la Región de Valparaíso por incumplimiento de la normativa. La autoridad regional hizo un llamado a los empleadores del comercio a respetar este legítimo descanso.  

La seremi del Trabajo y Previsión Social, María Violeta Silva, junto al director del Trabajo de Valparaíso, Jorge Andreucic, recorrió el Mall Marina de Viña del Mar para informar a sus trabajadores sobre el feriado obligatorio irrenunciable de este 1 de mayo que rige para quienes se desempeñan en el comercio.

Silva comentó que la visita, previa al Día del Trabajador, se realizó en el marco de una campaña para sensibilizar “a los empleadores y también a los consumidores que se trata de un día legítimo de descanso que debemos respetar, por lo tanto debemos recordar que el comercio va a estar cerrado salvo las excepciones de la normativa”. La ley establece que locales comerciales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden abrir. Tampoco rige este feriado para los trabajadores de restoranes, cines, casinos, farmacias, bencineras y otros señalados por la norma. Sin embargo, estos últimos tienen derecho a descansar cada dos años si en el mismo feriado del año siguiente continúan contratados por el mismo empleador.

La seremi del Trabajo comentó que esta una norma a favor de los trabajadores del comercio que ha tenido un alto grado de cumplimiento en los últimos años. “Nuestra Región de Valparaíso ha tomado consciencia de la importancia de este feriado y ha ido disminuyendo paulatinamente la cantidad de sanciones que se aplican, precisamente porque los empleadores han cumplido y los trabajadores han exigido el cumplimiento de la ley”. El año pasado en la región se registraron 3 empresas multadas por incumplimiento del feriado obligatorio irrenunciable, todas ubicadas en Quillota.

Jorge Andreucic, director del Trabajo, dijo que “lo ideal es que se cumpla normativa y que no se produzcan sanciones”. En caso de incumplimiento de este feriado obligatorio e irrenunciable, las infracciones serán sancionadas con multas de 5 UTM (empresas de 1 a 49 trabajadores); 10 UTM (empresas de 50 a 199 trabajadores) y 20 UTM (empresas de más de 200 trabajadores) por cada trabajador afectado.

Las fiscalizaciones comenzarán el 30 de abril y se extenderán hasta el 4 de mayo. El comercio debe estar cerrado desde las 21:00 horas del lunes hasta las 06:00 horas del miércoles. El sitio web de la Dirección del Trabajo (www.dt.gob.cl) tendrá habilitado un banner que permitirá a los trabajadores realizar sus denuncias y obtener información relativa al feriado obligatorio e irrenunciable.