La autoridad regional reiteró a los empleadores el llamado a la buena práctica laboral, y solidarizar con aquellos trabajadores que se vieron afectados por el gran sismo de este miércoles.
Reiterando el llamado a la buena práctica laboral, y a manifestar su compromiso responsable y solidario con quienes se han visto afectados por el terremoto que sacudió a la zona centro-norte del país este miércoles, realizó la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Karen Medina, a todos los empleadores de la región, con el objetivo que se otorguen los derechos o facilidades a los trabajadores que, por circunstancias de desastres, stress o cualquier situación derivada de alguna catástrofe, pudiera afectar el cumplimiento de los turnos de la presente jornada laboral, ya sea en cuanto a atrasos o inasistencias por motivos de fuerza mayor.
En este sentido, según lo dispuesto por el artículo 184 del Código del Trabajo, todo empleador deberá garantizar condiciones de trabajo que no pongan en riesgo la vida o la integridad física del trabajador. En consecuencia, se deberá evaluar si las instalaciones de las empresas han quedado en condiciones de operar sin poner en riesgo la seguridad de los trabajadores
Ante esto, la Seremi de la cartera, señaló que los empleadores deben considerar la situación de emergencia generada por el sismo de este miércoles, agregando que estas disposiciones implican “poder dar las facilidades cuando en el contexto de una alarma dada a través de toda la costa, donde se hace una evacuación, significa también que los empleadores tienen que prestar todas las facilidades para que sus trabajadores puedan ponerse al resguardo en esta situación de emergencia, y acatar la orden de evacuación”, afirmó.
La máxima autoridad laboral, agregó que cuando se trata de una situación de emergencia que es decretada por el Ministerio del Interior, los empleadores tienen la obligación de decretar la evacuación inmediata de sus locales, permitiendo que sus trabajadores puedan retornar cuanto antes a sus casas. “No es una recomendación, es una obligación, cuando se trata de una situación compleja como lo es un terremoto. Evacuar una zona es una orden que da el Ministerio del Interior y Seguridad Pública que debe acatarse, y si existieron situaciones que lamentar de trabajadores que no pudieron evacuar, aquí también entra a jugar el derecho del trabajador y el deber del empleador de resguardar a sus funcionarios”.
Evacuación trabajadores de supermercado
Ante los trascendidos que se hicieron públicos mediante redes sociales y en la prensa sobre trabajadores de supermercados de la zona, a los cuales se les habría impedido evacuar sus lugares de trabajo mientras se encontraba en pleno desarrollo la emergencia de este miércoles, la Dirección Regional del Trabajo ha constatado que, hasta el momento, no se han realizado denuncias formales al respecto, pero que sin embargo, ya se han puesto en contacto con los sindicatos para recabar más antecedentes.
A través de sus testimonios, por lo menos en la Región de Valparaíso, tanto en los supermercados Líder Express de Algarrobo, calle Las Heras en Valparaíso, como en el Jumbo de El Belloto en Quilpué, se registraron situaciones en las cuales los empleadores no habrían evacuado a su personal en el momento en que se decretó la alarma de tsunami, situación que según su sindicato en este último caso, el administrador sólo autorizó el retiro de parcial de funcionarios que viven en zona costera, mientras que al resto del personal sólo se les habría permitido retirarse a las 22.00 horas
Además, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social reitera que ante situaciones de vulneración de derechos laborales, los trabajadores pueden acudir a las Secretarías Ministeriales Regionales (Seremías en www.mintrab.gob.cl) o a las oficinas de la Direcciones Regionales del Trabajo (www.dt.gob.cl).