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Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos

A continuación se presenta el detalle de las facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos realizadas por este Organismo (Subsecretaría del Trabajo).

Unidad u órgano interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación
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Subsecretaría del Trabajo La Subsecretaría del Trabajo tiene por misión y objetivo principal generar políticas públicas orientadas a promover la creación de empleos de calidad, mejorar los salarios, fortalecer la inclusión laboral, asegurar los derechos de los trabajadores y, en general, favorecer una armonización del trabajo con el descanso y la vida familiar. Resuelvo N° 2, Resolución Exenta N° 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace Sin modificaciones
Jefe de Gabinete Subsecretario/a del Trabajo Encargado de la gestión interna institucional, considerando la planificación, organización, dirección y el control general de la Subsecretaría del Trabajo. Resuelvo N° 2, numeral I, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo

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Sin Modificaciones
Conceder y/o aprobar permisos administrativos y feriados legales solicitados por los Secretarios Regionales Ministeriales del Trabajo y Previsión Social. Resuelvo primero, Resolución Exenta N° 313/2014, de la Subsecretaría del Trabajo, que deroga parcialmente Resolución N° 1750 Exenta de 2007, y delega facultades que indica en funcionario que señala.
Autorizar los cometidos de los Secretarios Regionales Ministeriales del Trabajo y Previsión Social, dentro del territorio nacional, así como los viáticos asociados. Resuelvo primero, Resolución Exenta N° 313/2014, de la Subsecretaría del Trabajo, que deroga parcialmente Resolución N° 1750 Exenta de 2007, y delega facultades que indica en funcionario que señala.
Gabinete Ministra/o Encargado de la gestión institucional, considerando la planificación, organización, dirección y el control general del Ministerio del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Resuelvo N° 2, numeral II, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace  
Secretarios Regionales Ministeriales Encargado de la gestión institucional, considerando la planificación, organización, dirección y el control general del Ministerio del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Resuelvo N° 2, numeral III, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo

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Encargados de representar al Ministerio del Trabajo y Previsión Social en cada una de las regiones del país. Su gestión se enmarca en el desarrollo de acciones que contribuyan a alcanzar los objetivos Ministeriales.
Colaborador directo del Intendente, al que está subordinado en todo lo relativo a la elaboración, ejecución y coordinación de las políticas, planes, presupuestos, proyectos de desarrollo y demás materias que sean de competencia del gobierno regional.
Elaborar y ejecutar las políticas, planes y proyectos regionales, pudiendo adoptar las medidas de coordinación necesarias para dicho fin respecto de los órganos que integren el respectivo sector;
Estudiar, conjuntamente con los organismos correspondientes, los planes de desarrollo sectoriales;
Preparar el anteproyecto de presupuesto regional en la esfera de su competencia, en coordinación con el ministerio respectivo;
Informar permanentemente al gobierno regional del cumplimiento del programa de trabajo del respectivo sector;
Llevar a cabo las tareas que sean propias de su respectivo ministerio, de acuerdo con las instrucciones del ministro del ramo;
Realizar tareas de coordinación, supervigilancia o fiscalización sobre todos los organismos de la Administración del Estado que integren su respectivo sector;
Cumplir las demás funciones que contemplen las leyes y reglamentos, y
Ejercer las atribuciones que se les deleguen por los ministros respectivos.
Dictar resoluciones relativas a alumnos en práctica en las Secretarías Regionales del ramo
Establecer convenios con Universidades y/o Centros de estudio para la realización de investigaciones, actividades de extensión, intercambio técnico/académico, y todo aquello que contribuya con el conocimiento en materias laborales y su difusión, sin que implique comprometer recursos del presupuesto de la Subsecretaría del Trabajo. Resuelvo N° 2, numeral III, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo
Establecer y convocar mesas sectoriales de coordinación para la más eficiente gestión de los distintos ámbitos y quehaceres del sector trabajo y previsión social en la región. Artículos 62 y 64, D.F.L. N° 1-19.175 que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.
Concursar en representación de la Subsecretaría del Trabajo en la licitación de fondos nacionales de desarrollo regional. Resuelvo N° 1, puntos 1, 2, 3 y 4, Resolución Exenta N° 3.132/2006, de la Subsecretaría del Trabajo, sobre delegación de facultades a los Secretarios Regionales Ministeriales del Trabajo y Previsión Social.
Presidir el Consejo Regional de Capacitación, que tendrá por función asesorar al Gobierno Regional en el desarrollo y aplicación de la política nacional de capacitación en el ámbito regional. Artículo 9 de la Ley N° 19.518, que fija nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo
Unidad de Bienestar Encargada de procurar a los afiliados(as) y cargas familiares, en la medida que sus recursos lo permitan, beneficios de carácter social, médico, económico, cultural, deportivo, de esparcimiento y, en general, contribuir al bienestar del trabajador y trabajadora, cooperando con su adaptación al medio y mejoramiento de sus condiciones de vida. Resuelvo N° 2, numeral IV, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace  
Unidad Auditoría Ministerial Encargada de proponer anualmente al Ministro/a los objetivos ministeriales de auditoría y de implementar las acciones de seguimiento que permitan evaluar y reportar el grado de cumplimiento de planes y metas en el ámbito de la auditoría y el control de gestión de los Servicios dependientes, en conformidad a las directrices técnicas impartidas por el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno, el Ministerio de Hacienda y la Contraloría General de la República. Resuelvo N° 2, numeral V, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo.

 

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Departamento de Prensa y Comunicaciones Encargado de desarrollar e implementar estrategias de comunicación, tanto internas como externas, que apoyen al Ministerio del Trabajo y Previsión Social en el cumplimiento eficaz de sus objetivos, manteniendo de esta forma informada a la ciudadanía respecto de políticas públicas orientadas a la creación de empleos de calidad, con un fuerte enfoque en la inclusión, la previsión y la seguridad social, que garanticen los derechos de los trabajadores y que contribuyan al crecimiento del país y, de esta manera, contribuir a alcanzar un sistema de relaciones laborales que privilegien la cooperación entre todos los actores involucrados. Resuelvo N° 2, numeral VI, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace  
Unidad Comunicacional Su principal función es asesor a la autoridad en materia comunicacional, para asegurar un posicionamiento de ésta, y mantener informada a la ciudadanía respecto de políticas públicas orientadas a la creación de empleos de calidad, con un fuerte enfoque en la inclusión, la previsión y la seguridad social, que garanticen los derechos de los trabajadores y que contribuyan al crecimiento del país y, de esta manera, contribuir a alcanzar un sistema de relaciones laborales que privilegien la cooperación entre todos los actores involucrados. Resuelvo N° 2, numeral VII, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace  
Unidad Auditoria interna Apoyar y asesorar permanentemente al Subsecretario del Trabajo, como Jefe de Servicio, en el cumplimiento de los objetivos institucionales estratégicos vinculados al ejercicio de su potestad-deber legal de ejercer el control jerarquico interno (art. 11 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado), agregando valor a la organización, es decir, contribuyendo a la mejora de los procesos internos de manera de hacerlos mas eficientes y menos riesgosos. Resuelvo N° 1, numeral IV, artículo undécimo y duodécimo, Resolución Exenta N° 151/2019, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba nuevo Estatuto de Auditoría Interna de la Subsecretaría del Trabajo.

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1. Evaluar en forma permanente el sistema de control interno institucional, generando recomendaciones para su mejoramiento. 2. Evaluar el grado de economía, eficiencia y eficacia con que se utilizan los recursos humanos, financieros y materiales del Servicio. 3. Promover la adopción de mecanismos de autocontrol en las unidades operativas de la organización, mejorando el ambiente de control en la institución. 4. Verificar la existencia de adecuados sistemas de información, su confiabilidad y oportunidad. 5. Elaborar informes especiales, a solicitud del Jefe de Servicio, en los que se alerte sobre posibles anomalías graves, deficiencias de control o infracciones legales, que requieran urgente acción o rectificación. 6. Propender a la implementación de los compromisos de seguimiento que se acuerdan con ocasión de los hallazgos y recomendaciones realizadas por la unidad. 7. Efectuar el seguimiento de las medidas preventivas y correctivas emanadas de los informes de auditoría aprobadas por la autoridad. 8. Participar en el Comité de Auditoría Ministerial, a través del jefe de la unidad o a quien éste mandate al efecto. 9. Asesorar al Subsecretario del Trabajo para dar respuesta y/o para el cumplimiento de las consultas e instrucciones específicas que imparta S.E. el Presidente de la República a la Administración del Estado, a través de acciones específicas y modelos y orientaciones técnicas emanadas del CAIGG, para el aseguramiento de políticas gubernamentales y el fortalecimiento de las estructuras de auditoría interna. 10. Proponer al Subsecretario mecanismos que fomenten una cultura de mejora continua de productividad en todos los procesos de la Auditoría Interna. 11. Coordinar y apoyar la implantación y operación del proceso de gestión de riesgos que apruebe la autoridad ministerial para la institución. 12. Propiciar y promover programas de prevención y de probidad administrativa, aprobadas por la autoridad ministerial competente.
Unidad Asesores Equipo especializado que brinda asesoría técnica y profesional a las autoridades, ya sea Ministro o Subsecretario, según éstos definan, en la revisión y formulación de políticas públicas, cuyos miembros, según su experiencia, contribuyen a alcanzar los objetivos del Ministerio y la Subsecretaría del Trabajo. Resuelvo N° 2, numeral X, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace  
Unidad de Relaciones Internacionales Encargada de coordinar las relaciones internacionales en general, y de facilitar y monitorear la implementación de los compromisos internacionales asumidos por Chile en materia jurídico-laboral, tanto en el ámbito bilateral como multilateral, considerando para ello a todos actores involucrados. Resuelvo N° 2, numeral XI, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace  
Unidad de Estudios Encargado de la investigación, análisis y evaluación de temáticas relacionadas al sector trabajo, con el objetivo de generar propuestas de políticas, planes y programas que contribuyan al cumplimento de los objetivos de la Subsecretaría del Trabajo. Resuelvo N° 2, numeral XII, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace  
División Jurídica Su principal misión es velar por el cumplimiento del principio de juridicidad al interior del organismo, por lo que brindará el soporte jurídico necesario para que las actuaciones tanto del Subsecretario (a} como del Ministro (a) se ajusten al ámbito de atribuciones y funciones que la ley les encomienda y que, al mismo tiempo, se ejecuten conforme a los procedimientos y formalidades que la ley establece. Son tres líneas o áreas de apoyo en las que le compete intervenir: a} Asesoría jurídica propiamente tal; b) Actuaciones jurisdiccionales y, c) Elaboración de propuestas y/o visado de actos administrativos en los que estén involucrados organismos públicos descentralizados que se relacionan con el Presidente de la República a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social u otros servicios y órganos según determine la normativa vigente, por ejemplo: SENCE, ChileValora; IPS; ISL; DT; DICREP, BNE, entre otros. Resuelvo N° 2, numeral XIII, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo.

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Sin Modificaciones
Encargada de transparencia activa, regulada por la Ley N° 20.285. Sin Modificaciones
Tiene la facultad de recibir, conocer, atender y dar respuesta a las consultas, solicitudes o reclamos que se formulen en virtud de la Ley de Transprencia y su Reglamento. Asimismo, cuenta con la autorización para firmar "por orden del Subsecretario" las resoluciones u oficios de respuesta a solicitudes de acceso a la información conforme a la Ley N° 20.285 y su reglamento. Resolución Exenta N° 863/2018, de la Subsecretaría del Trabajo, que delega facultad de firmar "por orden del Subsecretario" en materia que señala a funcionario que individualiza y deroga Resolución Exenta N° 680 de 2017, y Resolución Exenta N° 922/2018, de la Subsecretaría del Trabajo, que rectifica Resolución Exenta N° 863 de 2018 Sin Modificaciones
Subsanar errores de forma en Decretos y Resoluciones cuya tramitación corresponda a la Subsecretaría del Trabajo. Resuelvo 3, Resolución Exenta Nº 1750/2007, de la Subsecretaría del Trabajo, sobre delegación de facultades del Subsecretario del Trabajo. 18-03-2014
División de Administración y Finanzas Materias finacieras y económicas:

 

 

 

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Sin Modificaciones
1) Comprometer gastos hasta un monto de 100 UTM y autorizarlos mediante resoluciones exentas.
2) Autorizar los informes de variación de la gestión financiera e informes analíticos que deben remitirse a Contraloría General de la República y Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Para estos efectos la unidad responsable de la contabilidad, preparará los informes y estados necesarios sobre la marcha económica- financiera del servicio conforme a los artículos 67 y 68 del Decreto Ley 1263 del año 1975, del Ministerio de Hacienda, Decreto Ley Orgánico de Administración Financiera del Estado.
3) Dictar las resoluciones que aprueban contratos de arriendo de estacionamiento de vehículos de la Subsecretaría del Trabajo, como también aquellas resoluciones que autorizan la utilización de lugares para estacionamientos de vehículos fiscales después de la jornada de trabajo, todo en el marco de las instrucciones contenidas en el Oficio Circular Nº 26, de 15 de abril de 2003, de los Ministerios de Hacienda e Interior, que imparte instrucciones sobre dotaciones máximas y uso de vehículos institucionales en la Administración del Estado.
4) Dictar las resoluciones para el alta y baja de vehículos, de acuerdo a lo señalado por la Ley de Presupuestos para el Sector Público vigente al momento de su emisión, y a los oficios circulares del Ministerio de Hacienda relativos a la materia.
5) Despachar y firmar los Oficios dirigidos al Ministerio de Bienes Nacionales solicitando la autorización correspondiente para la baja de bienes muebles obsoletos o en mal estado, dictando la correspondiente Resolución de Baja en conformidad a lo establedido por el Decreto Ley N° 1939 de 1977 y por el Decreto N° 577 de 1978, que contiene Reglamento sobre Bienes Muebles Fiscales.
6) Dictar resoluciones para traslados de bienes muebles dentro de la misma institución, o a otro servicio distinto centralizado o descentralizado, registrándose este acto en los inventarios correspondientes.
7) Dictar resoluciones fundadas que autoricen la aplicación del procedimiento de trato directo para la adquisición de los bienes muebles y servicios requeridos, cuado concurrieren las circunstancias constitutivas de las causales previstas para la procedencia de dicha modalidad de contratación, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 8º de la Ley Nº 19.886, con excepción de la causal regulada en su letra c). Con todo, las resoluciones que se dicten en virtud de dicha delegación sólo podrán autorizar la aplicación de la medida de trato directo respecto de adquisiciones cuyos montos no excedan de 100 UTM.
8) Suscribir contratos de teléfonos celulares, los anexos necesarios para su cambio y las cesiones de números telefónicos, hasta un monto de 100 UTM, emitiendo la resolución aprobatoria respectiva.
9) Otorgar poderes simples autorizando a funcionarios para la realización de trámites a realizarse ante Empresas y ante el Servicio de Impuestos Internos.
10) Suscribir contratos por servicios generales de aseo, vigilancia, de mantención de jardínes, pasajes, fletes y bodegajes, servicios de pago y cobranza, servicios de suscripción y similares, hasta un monto de 100 UTM, dictando la resolución aprobatoria respectiva en concordancia con lo prescrito por la Ley N° 19.886 y su reglamento.
11) Despachar y firmar oficios de cierre de cuentas corrientes bancarias dirigidos a la Contraloría General de La República.
12) Despachar y firmar oficios a la Dirección de Presupuestos en que se dé cuenta mensual de las desviaciones del gasto respecto de los Programas en ejecución y de los ajustes mensuales de los mismos.
13) Autorizar las adquisiciones y el pago de los bienes o servicios adquiridos vía convenio marco, por un monto igual o inferior a 500 UTM (quinientas unidades tributarias mensuales).
14) Pagar las cuotas del impuesto territorial con un límite de 200 UTM (doscientas unidades tributarias mensuales) por cada cuota, y expedir los actos administrativos necesarios para materializar dicho pago.
15) Dictar los actos administrativos en los procedimientos de licitaciones o contrataciones de bienes o servicios cuyos montos sean iguales o inferiores a 100 UTM. Entre estas se considerarán, sin que la ennumeración sea taxtativa, las resoluciones mediante las que se convoquen a licitaciones y/o contrataciones; las que autoricen o aprueben contrataciones; las que adjudiquen o declaren desierta una contratación o licitación. No se encuentran comprendidas en esta delegación, aquellas resoluciones que autoricen contrataciones directas por motivo de urgencia, establecidas en la letra c) del artículo 8 de la ley N° 19.886, cualquiera sea el monto de las mismas.

Materias de Personal:

1) Dictar las resoluciones que aprueban comisiones de servicio o cometidos funcionarios en el territorio nacional. Se entenderá por aprobación, la facultad de autorizar, modificar, ratificar y corregir las comisiones o cometidos antes señalados.

2) Dictar las resoluciones que ordenan el pago de viático para comisiones o cometidos dentro del territorio nacional, de conformidad a las normas del D.F.L. Nº 262 de 1977, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de Viáticos para el Personal de la Administración Pública.
3) Dictar las Resoluciones pertinentes en materia de feriado, ya sea concediéndolo, permitiendo su acumulación, fraccionamiento, anticipándolo, postergándolo o reconociendo el feriado progresivo.
4) Dictar las resoluciones que conceden o deniegan los permisos que se regulan en los artículos 109 y 110 del D.F.L. N° 29 de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo.
5) Dictar las resoluciones tendientes a hacer efectivo el derecho a licencia médica regulado en los artículos 111 y siguientes del D.F.L. N° 29 de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo.
6) Dictar las Resoluciones correspondientes que permitan hacer efectivos los derechos emanados de la protección a la maternidad contenidos en el Código del Trabajo.
7) Dictar las Resoluciones tendientes a hacer efectivo el derecho de asistencia médica indicado en el artículo 115 del D.F.L. N° 29 de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, así como los derechos de traslado regulados en los incisos 4º y 5º del artículo 116 del mismo cuerpo normativo, respecto de los funcionarios que no se encuentren sujetos a las normas de la Ley Nº 16.744.
8) Dictar Resoluciones reconociendo derecho a asignación familiar, maternal y/o de antigüedad.
9) Autorizar, a petición escrita de los funcionarios, la deducción en las remuneraciones de éstos de sumas o porcentajes determinados destinados a efectuar pagos de cualquier naturaleza y de acuerdo a lo señalado por el artículo Nº 96 del D.F.L. N° 29 de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834 Estatuto Administrativo.
10) Dictar resoluciones relativas a alumnos en práctica en el Servicio.
11) Autorizar, reconocer y ordenar la compensación y/o pago de horas extraordinarias a continuación de la jornada ordinaria de trabajo, en horario diurno y nocturno, en días sábados, domingos y festivos, dictando para ello las resoluciones respectivas, conforme lo establecido en los artículos 66 a 69 del DFL N° 29 de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, y a la disponibilidad presupuestaria del organismo.
12) Dictar resoluciones relativas a la incorporación de los funcionarios a los equipos de trabajo de la institución, en relación con lo establecido en el incio 2 del artículo 7 del Decreto N° 983 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento para la aplicación de incremento por desempeño colectivo del artículo 7 de la ley N° 19.553.
13) Dictar resoluciones relativas a la incorporación y modificación del bloque horario dentro del cual los funcionarios deben desarrollar su jornada laboral, conforme a la Reslución N° 1662 de 2007, de la Subsecretaría del Trabajo, que establece sistema de bloques horarios para el cumplimiento de la jornada de los funcionarios de la Región Metropolitana.
14) Dictar resoluciones que aprueben, modifiquen o ratifiquen la asistencia o participación de los funcionarios de la Subsecretaría del Trabajo, en cursos de capacitación, charlas, seminarios y/o diplomados en el territorio nacional, ya sea con costo asociado o sin costo.
Actuar como Oficina Sectorial de Planificación y cuida de la adecuación de los planes especiales del Ministerio del Trabajo y Previsión Social a los planes generales del Gobierno

Asesorar al Ministro del Trabajo en: 

a) La elaboración, preparación y determinación de las políticas generales del Ministerio y de los organismos, instituciones y servicios que se relacionan con él. En tal sentido podrá participar en la planificación a corto y a largo plazo de la acción del Ministerio y sus servicios dependientes ; 

b) El estudio, preparación y elaboración de reformas operativas y administrativas que permitan una mejor aplicación de los planes nacionales o especiales de desarrollo ; 
c) La coordinación con cualquier otro Ministerio, Organismo Público, Semifiscal, Municipal o privado e instituciones centralizadas o descentralizadas del Estado, con las cuales el Ministerio pueda relacionarse con motivo de la aplicación de los planes nacionales o sectoriales de desarrollo económico-social. En tal sentido, deberá mantener informado al Ministro de los planes generales o especiales de desarrollo, propiciando todas aquellas medidas que permitan su mejor aplicación ;
d) La adoptación de medidas para la preparación oportuna, de acuerdo a las instrucciones de la Dirección de Presupuesto, de los proyectos de presupuesto del Ministerio y de las instituciones, organismos y servicios que de éste dependen y que señale el Ministro, coordinándolos con los planes y programas a largo y corto plazo ; 
e) El estudio y elaboración del presupuesto y los proyectos de inversión del Ministerio, de acuerdo a las metas a corto y largo plazo de la planificación socio-laboral y que incidan en los planes nacionales para el desarrollo económico social ; 
f) La coordinación con la Dirección del Presupuesto del Ministerio de Hacienda, proporcionando informes sobre el avance físico y financiero de los programas presupuestarios, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Presupuestos. Resuelvo N° 2, numeral XIV, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo.
Impartir instrucciones técnicas a las oficinas de programación que existan o que en el futuro se creen en los organismos dependientes o que se relacionen con el Ejecutivo a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Resolución Exenta N° 1725 de 2017, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba delegación de facultades respecto del Jefe División Administración y Finanzas de la Subsecretaría del Trabajo.
Realizar o ejecutar cualquiera otra gestión o actividad que le sea encomendada por cualquier ley general o especial o que le sea expresamente señalada por el Ministro del ramo. Artículo N° 6, D.F.L. N° 1, de 1967, que dispone la reestructuración y funciones de la Subsecretaría del Trabajo.
Departamento de Finanzas Encargado de gestionar y controlar los recursos financieros institucionales, los procesos contables, presupuestarios y de tesorería para el funcionamiento de la Subsecretaría del Trabajo. Aplica y vela por el cumplimiento de los procedimientos de control interno, contables y financieros, según las normas y criterios de la Contabilidad Gubernamental Nacional de la Contraloría General de la República y las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público {NICSP-CGR). Resuelvo N° 2, numeral XV, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace Sin Modificaciones
Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas Responsable de proveer, mantener y desarrollar el capital humano de la Subsecretaría del Trabajo, con la finalidad de contribuir al cumplimiento de la misión institucional, y orientado a la implementación de las buenas prácticas laborables y el Buen Trato. La Gestión y Desarrollo de Personas considera todas las etapas del ciclo laboral de los funcionarios y funcionarias, mediante los procesos de reclutamiento, selección, contratación, inducción, perfeccionamiento y capacitación, evaluación del desempeño, movilidad, gestión de ambientes laborales y calidad de vida, así como de los procesos asociados a remuneraciones; dando cumplimiento a normativa legal vigente y orientaciones del Servicio Civil. Resuelvo N° 2, numeral XVI, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace Sin Modificaciones
Departamento de Administración Responsable del proceso de contratación de suministros y prestación de servicios, mantención de la infraestructura y movilización. Encargado de gestionar, coordinar, ejecutar y supervisar los requerimientos de compras de bienes y contratación de servicios que efectúen las diferentes reparticiones; gestionar, ejecutar, resguardar y supervisar la mantención de las dependencias del Edificio institucional y dependencias regionales a su cargo; y manejar, controlar, resguardar y supervisar el activo fijo y bodega, como también administrar la flota nacional de vehículos. Resuelvo N° 2, numeral XVII, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace Sin Modificaciones
Departamento Tecnologías de la Información y Comunicaciones Encargado de dirigir, implementar, evaluar, y optimizar los sistemas de la Subsecretaría del Trabajo, facilitando la ejecución de los procesos operativos a través de sistemas informáticos de soporte técnico y de soporte en el procesamiento y seguridad de la información. Asimismo, le compete dirigir y coordinar a las distintas reparticiones en la Subsecretaría del Trabajo, con una dimensión estratégica e integradora, mediante la entrega de condiciones técnicas para asegurar una base de soporte, continuidad operacional y tecnológica para su normal funcionamiento. Junto con lo anterior, le asiste la responsabilidad de crear y administrar la política de desarrollo de sistemas del Servicio, y administrar su plataforma tecnológica, para garantizar su eficiencia
y eficacia operacional.
Resuelvo N° 2, numeral XVIII, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo.

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Encargado de Seguridad de la Información de la Subsecretaría del Trabajo. Resolución Exenta N° 1767/2017, de la Subsecretaría del Trabajo, que designa como Encargado de Seguridad de la Información a persona que indica.
Departamento de Partes y Archivo Encargada de la gestión documental de la Subsecretaría del Trabajo. Su oficina de partes debe recibir, registrar y distribuir los documentos que ingresa a la Institución como, asimismo, despachar, registrar, tramitar y archivar oficios, decretos y resoluciones. Por su parte, el área de Archivos es la encargada de custodiar y gestionar los distintos recursos de información laboral y de resguardar los documentos generados por la Subsecretaría del Trabajo. Facilita, además, los libros y revistas existentes a los funcionarios del Ministerio y al público general, y de gestionar los préstamos interbibliotecarios en caso de ser necesario. Resuelvo N° 2, numeral XIX, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace Sin Modificaciones
Departamento Prospección Laboral Responsable en diseñar e implementar un sistema integrado de prospección del mercado laboral articulando las distintas instancias e instituciones, inter e intra ministeriales, proponiendo y ejecutando una estrategia que permita la consecución de los siguientes objetivos:
1. Generar información de valor sobre brechas actuales y futuras entre oferta y demanda de ocupaciones y competencias, velando por una adecuada recopilación, integración y tratamiento de datos del mundo formativo y laboral.
2. Disponer y difundir la información generada a los usuarios del sistema.
3. Contribuir al diseño de políticas públicas de formación, capacitación, certificación, intermediación laboral y empleo en general, basadas en evidencia y en datos, de manera de que la oferta pública sea pertinente a las necesidades de las personas y del mercado laboral.
4. Articularse con otras iniciativas públicas y privadas de formación, desarrollo y reconocimiento de competencias, para efectos de contar con un sistema nacional coherente y robusto, en especial con el desarrollo y poblamiento de los marcos de cualificaciones.
5. Procurar la incorporación de los actores clave en materias de capital humano para el fortalecimiento del sistema de prospección, en particular vincular a los sectores productivos en el análisis y difusión de la información.
Resuelvo N° 2, numeral XX, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace Sin Modificaciones
Departamento Pro Empleo Encargado de la administración de los programas de "Fomento a la empleabilidad" y de "Empleos de Contingencia". Los programas de fomento tienen como objetivo mejorar la
empleabilidad de las personas vulnerables del país, mientras que los programas de contingencia otorgan fuentes. laborales en aquellos lugares que han experimentado una contracción de la demanda por mano de obra de raíz transitoria y/o de mayor duración.
Resuelvo N° 2, numeral XXI, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace Sin Modificaciones
Departamento Erradicación Trabajo Infantil Responsable de dar cumplimiento a los Tratados Internacionales que ha asumido Chile en materia de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, particularmente en erradicación del trabajo infantil y protección del adolescente trabajador, impulsando desde sus competencias, medidas que promuevan, protejan y garanticen los derechos de esta población que se encuentran insertos en el mercado laboral, ya sea de manera formal o informal. Resuelvo N° 2, numeral XXII, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace Sin Modificaciones
Departamento de Diálogo Social Responsable de establecer la coordinación nacional del Fondo de Formación Sindical y el Programa de Dialogo Social, fortaleciendo las competencias técnicas de trabajadores, organizaciones sindicales, gremios y otras organizaciones con representatividad laboral o que aspiran a esta, promoviendo el Dialogo Social como metodología fundamental en la generación de confianzas y relaciones laborales colaborativas todo ello enmarcado en los nuevos desafíos del mundo laboral, en el cual predomina el énfasis al ser humano y un desarrollo económico sostenible, vinculado a los ODS de la agenda 2030 de Naciones Unidas. Resuelvo N° 2, numeral XXIII, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace Sin Modificaciones
Departamento Bolsa Nacional de Empleo Encargado de gestionar, mantener y desarrollar el sistema informático público destinado a la intermediación laboral entre las personas que buscan empleo y las empresas e instituciones que requieren colaboradores, facilitando de esta manera la inserción laboral. Por otra parte, debe asegurar la confiabilidad de la certificación de búsqueda efectiva de empleo para acceder al Fondo de Cesantía Solidario y proveer información relevante en materias de capacitación, competencias laborales y tendencias del mercado. Resuelvo N° 2, numeral XXIV, 612 de fecha 17-09-2020, de la Subsecretaría del Trabajo, que aprueba organigrama funcional y descripción de reparticiones de la Subsecretaría del Trabajo y deja sin efecto la Resolución Exenta N° 617 de 2019, de la Suibsecretraria del Trabajo. ver enlace Sin Modificaciones

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