- La iniciativa se encuentra en segundo trámite constitucional, tras ya ser aprobado por la Cámara de Diputados y Diputadas.
Valparaíso, 29 de noviembre de 2023. La Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado aprobó la tarde de este miércoles el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo en materia de materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, más conocida como Ley Karin.
De este modo, la iniciativa, que está en segundo trámite constitucional tras haber sido despachada por la Cámara de Diputados y Diputadas el 29 de agosto, será vista ahora por la Sala del Senado.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, agradeció a los parlamentarios el respaldo al proyecto y señaló que “estamos contentos por este avance, porque muchas veces no se miden las consecuencias que las conductas de jefes o colegas de trabajo tienen sobre los trabajadores y trabajadoras. A veces son comentarios que se toman como bromas, pero en realidad van generando daño en las personas y en su salud mental”.
“Al proyecto le queda muy poco para convertirse en realidad y es parte, además, de los primeros avances del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que suscribimos el 8 de marzo, instrumento que busca erradicar la violencia y el acoso de los espacios laborales, por lo que tenemos un gran orgullo en ese sentido”, agregó.
El Ejecutivo patrocinó la iniciativa surgida de la moción parlamentaria de la diputada Erika Olivera y presentó indicaciones a la misma, ampliando su alcance con diversas medidas para la erradicación del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, tanto en el sector privado como en el público.
Tras la aprobación en la Comisión de Trabajo del Senado, la diputada Olivera sostuvo que “este proyecto lo que hace es, precisamente buscar desde la mirada preventiva, que las personas se sientan resguardadas y tranquilas en sus lugares de trabajo, así que contentos por la aprobación en esta instancia y esperamos que, como dije hace un rato, este proyecto avance en el mes de diciembre acá, en la Sala del Senado”.
Entre otras medidas de adecuación relacionadas a los lineamientos del recientemente ratificado Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el trabajo, las indicaciones del Gobierno establecen, como obligación de las empresas y de los órganos del Estado, un protocolo de prevención del acoso laboral y/o sexual y la violencia en el trabajo, reforzando un enfoque preventivo que estaba ausente en la regulación. Además, se avanzó en el perfeccionamiento de los procesos de investigación del acoso sexual y se incorporaron a la regulación las conductas de acoso laboral y la violencia en el trabajo.
Al mismo tiempo, con las modificaciones realizadas por el Gobierno se busca reforzar el rol de la Dirección del Trabajo (DT) y de la Contraloría General de la República en los correspondientes procedimientos de investigación, con el objetivo de dar garantías a los y las denunciantes.
Con todo, una vez aprobada por la Sala del Senado, la iniciativa requerirá de tercer trámite legislativo por los cambios incorporados en la Cámara Alta.
Indicaciones
En la sesión de hoy se aprobaron las últimas dos indicaciones presentadas con acuerdo entre el Gobierno y una amplia mayoría de los senadores integrantes de la Comisión de Trabajo del Senado.
En concreto, se votaron normas relativas al derecho que les asiste a los trabajadores para que el empleador implemente protocolos de prevención de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, a través de la asistencia de las mutualidades conforme a las directrices de la Superintendencia de Seguridad Social. De esta forma, el protocolo considera una serie de medidas de carácter mínimo, referidas a la evaluación de riesgo psicosociales e identificación de peligros, tomando en cuenta la naturaleza de los servicios prestados y el funcionamiento del establecimiento o empresa.
Asimismo, el protocolo establece medidas referidas a resguardo de la privacidad y la honra de todos los involucrados en los procedimientos de investigación. En este punto, específicamente se arribó al acuerdo transversal en la Comisión de descartar cualquier tipo de sanción a las personas que desincentive las denuncias en estas materias, especialmente porque los protocolos de prevención buscan aportar, desde un enfoque educativo y de formación, a que las y los trabajadores sean participes y se sensibilicen respecto a la importancia de la erradicación de la violencia y el acoso en el trabajo.
Estas indicaciones se sumaron a otras aprobadas en la Comisión en la sesión desarrollada el 15 de noviembre. Entre ellas, la que establece que las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato libre de violencia, ser compatibles con la dignidad de la persona y con perspectiva de género, lo que implicará, una vez aprobado y en vigencia, la adopción de medidas tendientes a promover la igualdad y erradicar la discriminación de género.
Así, por ejemplo, la Comisión aprobó la norma que modifica el contenido del reglamento interno obligatorio para empresas de 10 o más trabajadores, en cuanto a incorporar las nuevas conductas de acoso sexual, laboral y violencia.
También, aquella que establece que las empresas con menos de 10 trabajadores, que no están obligadas a elaborar dicho reglamento, deberán poner en conocimiento de las y los trabajadores, al momento de la suscripción del contrato de trabajo, el protocolo de prevención respecto del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo, así como el procedimiento de investigación y sanción al que se someterán dichas conductas, las que contarán con el apoyo de las mutualidades.