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La secretaria de Estado asistió a un panel donde se presentó el documento elaborado por Fundación ChileMujeres, con apoyo de la OIT.
Santiago, 31 de julio de 2024. La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, asistió este miércoles al lanzamiento de la Guía de Acoso Sexual, Laboral y Violencia en el Trabajo, documento creado por Fundación ChileMujeres con el apoyo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La actividad, desarrollada en las dependencias de la OIT y en el día previo al inicio de la vigencia de la Ley Karin, consistió en un panel en el que, además de la secretaria de Estado, participaron el director de la OIT para el Cono Sur de América Latina, Fabio Bertranou; la presidenta ejecutiva de ChileMujeres, Francisca Jünemann; y el abogado y director de Asuntos Corporativos de Legal y Compliance de Cervecería AB InBev, José Antonio Alonso. Previamente, la autora de la guía y directora jurídica de ChileMujeres, Claudia Wiegand, entregó unas palabras.
La ministra Jeannette Jara valoró la iniciativa y señaló que “como sabemos, mañana entra en vigencia la Ley Karin, que lo que busca es prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en los espacios de trabajo. Y desde que la ley se aprobó en enero hasta el día de mañana, que inicia su vigencia, lo que hemos estado haciendo es prepararnos, a través de la emisión de instructivos, reglamentos, circulares, dictámenes de capacitaciones y de eventos especiales, como el del día de hoy que se ha realizado en la OIT, con una guía de prevención que ha trabajado ChileMujeres para los empleadores del país”.
Jara agregó que esta esta preparación de trabajadores, empleadores y gobierno es clave para que la Ley Karin pueda “efectivamente surtir el efecto que esperamos y que es que los trabajos sean lugares de bienestar y no de agobio laboral, donde las personas vayan a ganar el sustento para su familia, entregar su aporte al crecimiento del país, pero no vuelvan a sus casas, ni enfermas, ni angustiadas y donde la relación sea respetuosa entre los pares”.
En tanto, la presidenta ejecutiva de ChileMujeres, Francisca Jünemann, indicó que “esta guía ayuda a las organizaciones y a las personas a implementar este nuevo marco legal de respeto, donde se excluya cualquier atisbo de acoso sexual, laboral o violencia en el trabajo. Aúna el Código del Trabajo con la reforma que le hace la Ley Karin, el reglamento del Ministerio del Trabajo acerca del proceso de investigación, la circular de la Superintendencia de Seguridad Social sobre la prevención y los dictámenes de la Dirección del Trabajo. Una labor colaborativa que nos llena de orgullo y es un aporte en la construcción de entornos laborales dignos, donde el respeto sea un principio intransable”.
Asimismo, Fabio Bertranou, director de la Oficina de la OIT para el Cono Sur de América Latina, subrayó que “erradicar la violencia y el acoso no solo es un imperativo ético fundamental, sino también un pilar esencial para construir una sociedad más justa. Desde la OIT, reiteramos nuestro compromiso con los actores del mundo del trabajo para impulsar la adopción de las medidas que sean necesarias, contribuyendo así a la creación de un entorno laboral más seguro y equitativo, donde el trabajo decente sea una realidad”.
La Guía de Acoso Sexual, Laboral y Violencia en el Trabajo, elaborada por ChileMujeres con apoyo de la OIT, es la primera guía del país para personas y empresas que reúne tanto la ley, los distintos dictámenes que ha emitido la Dirección del Trabajo; la Circular de la Superintendencia de Seguridad Social, el reglamento del Ministerio del Trabajo y el Convenio 190 de la OIT sobre la erradicación de la violencia y el acoso de los espacios de trabajo.
Ello, mediante un formato de preguntas y respuestas, a través de diez capítulos, que abordan aspectos como las obligaciones para los empleadores y trabajadores que contiene la nueva ley; los derechos de las y los trabajadores; los procedimientos de denuncia, entre otros temas.
Ley Karin
En concordancia con el Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el trabajo, la legislación establece, como obligación de las empresas y de los órganos del Estado, un protocolo de prevención del acoso laboral y/o sexual y la violencia en el trabajo, reforzando un enfoque preventivo que estaba ausente en la regulación. Además, instaura mejores procesos de investigación del acoso sexual y se incorporan a la regulación las conductas de acoso laboral y la violencia en el trabajo.
Al mismo tiempo, se refuerza el rol de la Dirección del Trabajo (DT) y de la Contraloría General de la República en los correspondientes procedimientos de investigación, con el objetivo de dar garantías a los y las denunciantes. Además, incluye normas relativas al derecho que les asiste a los trabajadores para que el empleador implemente protocolos de prevención de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, estableciendo medidas referidas a resguardo de la privacidad y la honra de todos los involucrados en los procedimientos de investigación.
También establece que las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato libre de violencia, ser compatibles con la dignidad de la persona y con perspectiva de género, lo que implicará la adopción de medidas tendientes a promover la igualdad y erradicar la discriminación de género.