Ministros Giorgio Boccardo y Antonia Orellana valoran eliminación de requisito de contar con 20 trabajadoras para acceder al beneficio de Sala Cuna

  • Este lunes la Comisión de Trabajo del Senado aprobó el cambio propuesto por el Ejecutivo en el proyecto de ley de Sala Cuna para Chile: “Es un paso histórico hacia la igualdad de género”, afirmó Boccardo.
  • La ministra Orellana relevó que “hoy dimos un paso muy importante en la Comisión de Trabajo del Senado, al aprobar la reforma al artículo 203, que avanza en el proyecto Sala Cuna para Chile”.

Valparaíso, 08 de octubre de 2025. El ministro del Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo Bosoni, y la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana Guarello, valoraron la modificación al Código del Trabajo que elimina el requisito de contar con 20 trabajadoras para acceder al beneficio de Sala Cuna, la cual fue aprobado hoy por la Comisión de Trabajo del Senado.

“La aprobación de esta reforma al artículo 203 del Código del Trabajo es un paso histórico hacia la igualdad de género. Por primera vez, el derecho a sala cuna se extiende a mujeres y hombres trabajadores, y también reconociendo a quienes no son padres y cuidan a niños y niñas menores de dos años”, señaló el ministro Boccardo.

La autoridad agregó que “con esto eliminamos el requisito de 20 trabajadoras, una traba que por décadas limitó la contratación femenina, desvinculando el costo de la sala cuna de la decisión de contratar mujeres. Aún quedan aspectos en discusión parlamentaria, pero este avance confirma que estamos construyendo un país más justo y un mecanismo efectivo para potenciar la empleabilidad femenina”.

La ministra Orellana, en tanto, señaló que “hoy dimos un paso muy importante en la Comisión de Trabajo del Senado, al aprobar la reforma al artículo 203, que avanza en el proyecto Sala Cuna para Chile. Este es un cambio histórico: elimina el costo de contratación que por décadas recayó sobre las mujeres, amplía el derecho a sala cuna para madres y padres trabajadores, y garantiza mejores estándares educativos para niñas y niños. Este avance refleja nuestro compromiso con la corresponsabilidad y la igualdad de oportunidades, y nos acerca a un país donde cuidar no sea una carga individual, sino una tarea compartida que fortalece a las familias y al desarrollo del país”.

La Comisión de Trabajo del Senado continuó este lunes el estudio de las indicaciones del Proyecto de Ley de Sala Cuna para Chile, donde se aprobó la modificación al inciso primero del actual artículo 203, eliminando la obligación de sala cuna que se establecía exclusivamente a aquellas empresas que contraten a 20 trabajadoras o más, pasando por un sistema que reconoce la corresponsabilidad en los cuidados. De esta forma, ya no se exige un número mínimo de madres trabajadoras, y se hace aplicable el derecho a sala cuna tanto a hombres como a mujeres.

Cabe recordar que la semana pasada el Ejecutivo presentó las modificaciones a la iniciativa legal, que propone una cotización obligatoria a cargo del empleador del 0,3% de las remuneraciones imponibles, que incrementa en un 0,1% la cotización obligatoria respecto de la indicación anterior, la que será administrada por el Fondo de Sala Cuna. En caso de trabajadores independientes se regulan las cotizaciones de acuerdo con la fórmula por la cual cotizan.

Además, crea una Comisión Técnica de Financiamiento y Sostenibilidad, la cual deberá generar un informe periódico para que la autoridad tome decisiones que permitan garantizar la sostenibilidad del fondo y el aporte que este entregará al empleador para dar cumplimiento a su obligación, tomando en cuenta los valores de mercado y las diferencias geográficas que pudiera haber en el valor, entre otras materias.