Esta semana se publicó en el Diario Oficial la modificación al artículo 207 bis del Código del Trabajo, el que dice relación con aquellas personas que hayan celebrado un Acuerdo de Unión Civil, conforme lo estipula la Ley Nro. 20.830, tendrán derecho a cinco días hábiles continuos de permiso laboral pagado adicional al feriado anual, independiente del tiempo del servicio.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Alejandra Krauss indicó que “los cinco días podrán usarse a elección del trabajador o trabajadora en el día del matrimonio o del Acuerdo de Unión Civil y en los días inmediatamente anteriores o posteriores al de su celebración. Cabe señalar que para utilizar esos días, la persona debe dar aviso a su empleador con al menos 30 días de anticipación”.
La secretaria de Estado además explicó que “los trabajadores deben presentar en sus lugares donde se empleen el certificado del hito celebrado que les entrega el Servicio de Registro Civil e Identificación dentro de los 30 días siguientes a la celebración”.
“Esta modificación a la normativa es un tremendo avance en la igualdad de trato para cada una de las personas. Da garantías absolutas de no discriminación para todos quienes quieran contraer el régimen matrimonial que se requiera. Sin duda, este es otro de los avances del Gobierno de la Presidenta Bachelet, sobre todo, cuando se trata de igualdad ante la ley y dignidad en el transitar de la vida”, finalizó la ministra Krauss.